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Desde agosto regirán nuevas condiciones para las tarjetas de crédito

La Superintendencia de Banca regulará las cuotas “infinitas” de pago y eliminará algunos “cobros prohibidos”. Además, exige brindar más información sobre los préstamos a otorgar.

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Fecha Actualización
José Carlos Reyesjreyes@peru21.com

El próximo 31 de agosto entrará en vigencia una nueva regulación –establecida por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)– que busca reducir los cobros que las entidades financieras aplican a sus usuarios y que dispone brindar mayor información antes de entregar un crédito.

Uno de los principales cambios será que la opción del pago mínimo en las tarjetas de crédito ya no aplicará para los consumos que fueron pactados a pagar en cuotas, sino solo para las deudas bajo la modalidad revolvente.

La supervisora de Servicios al Usuario de la SBS, Mariella Hernández, refirió que se busca respetar las cuotas pactadas pues, hasta ahora, cuando el usuario optaba por el pago mínimo, este fraccionaba la cuota del mes (además de los consumos revolventes), de manera que podía extender la deuda hasta "el infinito".

LAS DEUDAS 'ETERNAS'Como ejemplo, la SBS muestra que para un crédito de S/.1,000, si se paga en tres cuotas, el total a cancelar será de S/.1,095 (incluidas las comisiones y los intereses).

Mientras que si el usuario eligiera solo la cuota mínima, tardaría 56 meses (casi cinco años) en pagar todo el crédito y el monto total sería S/.2,425 (más del doble del monto inicial). Si fueran montos más altos, el perjuicio para el usuario sería mayor.

En adelante, si un usuario en su estado de cuenta solo tiene consumos en cuotas, el pago del mes será similar a la cuota mínima.

Esto ya lo han empezado a aplicar algunas entidades financieras, pero será obligatoria para todas desde fines de agosto.

El pago mínimo seguirá aplicándose para los consumos pactados a pagar de forma revolvente. En esos casos, la deuda se divide en 36 o 48, según la política del banco, y se paga esta fracción cada mes.

Sin embargo, los analistas recomiendan que se abone el mínimo solo en casos de emergencia, pues extiende el pago del crédito y genera mayores intereses, como ya hemos podido observar.

OJO AL AVISOOtra obligación será que los cajeros automáticos deberán mostrar en la pantalla una advertencia si la operación que desea realizar el usuario implicará un costo. Tras conocer el cargo a pagar, la persona decidirá si culmina la transacción.

En las operaciones vía los cajeros, la mayoría de cobros se dan sobre todo para las transacciones entre cuentas de diferentes compañías bancarias o transferencias y retiros en una ciudad distinta a la del origen de la cuenta.

Otra norma de la SBS obligará a que las entidades financieras ofrezcan a sus usuarios la opción del envío por mail de los estados de cuenta de los distintos tipos de crédito y, así, evitar el cobro mensual por la entrega a domicilio.

Actualmente, algunas entidades ofrecen este servicio. El costo por el envío físico varía entre S/.6 a S/.12 al mes, aunque algunas compañías hacen la entrega de forma gratuita.

¿ÚLTIMO PLAZO?En realidad, todo este paquete de normas debió empezar a aplicarse desde mayo, pero otra resolución de la SBS publicada a fines de abril (SBS-2668-2013) aplazó el inicio de su vigencia hasta el 31 de agosto.

"Se postergaron las normas a solicitud de las empresas pues acreditaron que aún requerían de un mayor tiempo de implementación. Pero ya no habrá más prórroga", señaló Hernández, de la SBS.

TAREA PENDIENTEPara Enrique Díaz, profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN, las acciones que viene tomando la SBS son correctas porque reducirán los costos en exceso que pagan los usuarios.

Pero también advierte que la SBS debe tener cuidado con las nuevas comisiones que podrían establecer los bancos.

Por su parte, Roberto Córdova, presidente del Instituto de Protección al Consumidor Caudal, subraya que el Estado debe impulsar una campaña de educación financiera hacia los usuarios para que no se sientan engañados cuando usen un producto financiero.

"Esta campaña debe venir de la SBS y de Indecopi, y no solo de parte de los bancos, pues ellos no pueden ser juez y parte", criticó el analista.

Sobre ello, Mariella Hernández, de la SBS, refiere que otras de las normas que entrará en vigencia en agosto obligará a que las entidades incluyan cuadros –con ejemplos de créditos fáciles de entender– en las hojas resumen de los contratos, en las cartillas informativas y en sus páginas web.

El formato de esos ejemplos lo establecerá la propia Superintendencia, indicó la funcionaria.

LISTA DE CAMBIOS

- Pago mínimo en tarjetas. Solo aplicará para los cargos revolventes y ya no para los pagos en cuotas. Ello volverá 'intocables' las cuotas y reducirá el tiempo para cancelar el crédito.

- Aviso en cajeros. Permitirá que el usuario conozca si hay un costo extra al realizar este tipo de operaciones.

- Envío de cuentas. Bancos estarán obligados a brindar la opción del envío de estados de cuenta vía Internet y evitar el cobro por la entrega a domicilio.

- Cobros permitidos. Se establece la lista de las únicas comisiones que pueden cobrar las entidades financieras.

- Más cobros prohibidos. La SBS publicará una norma que prohibirá la comisión por mantenimiento de cuentas inactivas.

- Bloquear opciones. Un próximo reglamento de tarjetas de crédito obligará a que las empresas brinden la opción de disposición de efectivo y pago por Internet.

- Tarjetas con chip. Por disposición de la SBS, todas las tarjetas emitidas a partir de julio de 2014 deberán contar con el chip de seguridad.