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Clientes de seguros podrán presentar reclamos hasta dos años después de que se les haya rechazado cobertura

Cambio de Reglamento busca beneficiar a asegurados resolviendo reclamos en tiempo récord.

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Fecha Actualización
Los clientes de seguros tendrá un plazo de hasta dos años para presentar su reclamo cuando la empresa aseguradora les rechace la cobertura del servicio. Así lo dio a conocer el Directorio de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg), el cual aprobó cambios en el Reglamento de la Defensoría del Asegurado.

El proceso de reclamo es 100% gratutito y no limita al cliente en su derecho de acudir a otras instancias. Sin embargo, si el cliente opta primero por ir ante el Indecopi, deberá desistir de su reclamo para que la Defensoría pueda conocer el caso.

En este caso, ya no se exigirá la entrega física de documentos, sino que estos podrán ser 'colgados' digitalmente desde la página web de la Defensoría del Asegurado. Los únicos documentos físicos exigidos son el escrito exponiendo el caso y la carta de rechazo emitida por la empresa de seguros.

Además, el nuevo Reglamento empodera a la Secretaría Técnica como "facilitador" en la resolución de reclamos ante las compañías de seguros. Gracias a esto, podrá canalizar aquellos casos que no sean estrictamente competencia de la Defensoría del Asegurado, pero que eventualmente pueden tener una atención directa desde las empresas de seguros.

ÓRGANO RESOLUTIVO UNIPERSONALCon la modificación también se dispuso la creación del Órgano Resolutivo Unipersonal, el cual atenderá los casos que no superen los US$3 000, los cuales serán resueltos por un solo vocal con el fin de dar agilidad al proceso; sin embargo, si el asegurado no estuviera de acuerdo con la resolución, podrá elevar su caso a la Sala Colegiada.

Los reclamos por más de US$3 000 y hasta de US$50 000 seguirán siendo resueltos por la Sala Colegiada, la cual actualmente atiende cada caso en un tiempo promedio de dos meses, plazo mucho menor al de otras instancias que pueden tomar dos o más años para emitir una resolución.

DATO

  • Antes de la modificación del Reglamento, el plazo de reclamo ante la Defensoría del Asegurado era de 6 meses.
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