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Congreso publica Ley que garantiza la devolución de aportes al Fonavi
El Congreso de la República publicó hoy, viernes 15 de abril, la Ley que garantiza la implementación de la devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a los trabajadores contribuyentes, priorizando a la población vulnerable, por la pandemia del COVID-19.
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El Congreso de la República publicó hoy, viernes 15 de abril, la Ley que garantiza la implementación de la devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a los trabajadores contribuyentes, priorizando a la población vulnerable, por la pandemia del COVID-19.
Mediante Ley Nº 31454, publicada en El Peruano, se estipula que esta norma tiene el objetivo de asegurar la implementación y ejecución inmediata de la Ley 31173, que garantiza el cumplimiento de la Ley de devolución de dinero del Fonavi.
Además, se precisa que la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625 será transferida como tal a la PCM y deberá asegurar la continuidad de las funciones, operaciones, procesos y procedimientos para el cumplimiento de la finalidad de la presente Ley.
De igual forma, el texto señala que “el Banco de Materiales SAC en liquidación, continuará administrando el Fondo Revolvente hasta su transferencia total a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625 y modificada mediante la presente Ley”.
Finalmente, se deja sin efecto la única disposición complementaria modificatoria del Decreto Supremo 090-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba el cambio de dependencia de la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por el Decreto Supremo 006-2012-EF, del MEF a la PCM.
¿Quiénes pueden acceder al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi)?
Pueden acceder al cobro del Fonavi 2022 los trabajadores dependientes e independientes que aportaron al mencionado fondo, con la excepción de quienes se beneficiaron de sus recursos en un monto o mayor a su parte. Además de los empleadores y el Estado.
Todos los interesados e interesadas en conocer si estarán en la lista de beneficiarios para la devolución deben consultar el servicio gratuito del Padrón Nacional, ya sea de manera virtual y/o por teléfono. Para poder acceder a esta plataforma necesitas tener a la mano tu número de DNI, libreta electoral, carnet de extranjería, Fuerzas Policiales o Armadas.
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