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Consulta previa no será vinculante
Solo será de cumplimiento obligatorio cuando haya acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas, según proyecto de reglamento.
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El resultado de los procesos de consulta previa solo será de cumplimiento obligatorio cuando haya acuerdo entre el Estado y los pueblos indígenas, según el proyecto de reglamento de la Ley 29785, al que tuvo acceso Perú21.
Si hay un acuerdo parcial, se dará un plazo de 30 días para que las comunidades evalúen nuevamente el proceso.
"Si aún así no hay acuerdo y el Estado dicta la medida objeto de la consulta, le corresponde a las entidades públicas encargadas garantizar los derechos colectivos de las comunidades", señala el documento.
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