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Contraloría habilitará web para que alcaldes registren adquisición y distribución de canastas familiares

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Fecha Actualización
La Contraloría General de la República habilitará un portal web para que los alcaldes de los gobiernos locales registren la adquisición y distribución de las canastas familiares, entregadas en el marco del Estado de Emergencia decretado por el Ejecutivo para enfrentar el coronavirus.
“Se ha diseñado el aplicativo ‘Transparencia en el marco de la Emergencia Sanitaria COVID-19’ que apoyará y facilitará el registro de contrataciones y de entrega a beneficiarios”, informó el organismo.
En este aplicativo, al que se accede a través del portal de la Contraloría, se deberá consignar y enviar la información de los productos a comprar y entregar.
Los alcaldes o los representantes autorizados que tendrán bajo su responsabilidad esta labor deberán presentar estos datos de manera semanal.
La actualización y validación de usuarios se realizará del 1 al 3 de abril, y comprende a todas las municipalidades distritales autorizadas y que cuentan con los fondos públicos autorizados para la contratación y distribución de la canasta de víveres.
Compra y distribución
El Estado de Emergencia permite la contratación directa de bienes, servicios y obras. Pese a ello, la Contraloría recomienda utilizar otros procedimientos.
Entre ellos se encuentran las compras iguales o menores a ocho Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que actualmente equivalen a S/ 34,400, y a través de Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco.
“[Los alcaldes] deben cautelar el uso de los recursos públicos contratando exclusivamente los bienes de primera necesidad de la Canasta Básica Familiar”, indicó el órgano de control.
Explicó que las especificaciones técnicas sobre los alimentos a adquirir deberán contemplar las obligaciones y criterios del Decreto Legislativo 1062 del 2008 Ley de Inocuidad de los Alimentos y su reglamento, y sus modificatorias.
Además, señaló que el proveedor a contratar debe contar con Registro Nacional de Proveedores vigente y no estar impedido para contratar con el Estado.
La entrega de los bienes a las familias beneficiarias deberá constar en un Acta de Entrega, en la que se registren los bienes recibidos, nombres y apellidos completos del jefe y miembros del hogar, números de DNI u otros documentos oficiales, dirección, firma y huella digital.
La custodia de los bienes estará a cargo del almacén municipal mientras que no sea retirado por el área usuaria, por tanto, por ninguna razón dichos bienes podrán ser trasladados a lugar distinto, sea interno o externo.