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CTS: Todo lo que debes saber del pago que se realizará como máximo este lunes 15

Las empresas tienen hasta el 15 de noviembre para pagar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores, correspondiente al periodo semestral mayo-octubre de 2021. Este dinero sirve como un fondo de contingencia para el trabajo, en caso quede desempleado.

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Fecha Actualización
Las empresas tienen hasta el 15 de noviembre para pagar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores, correspondiente al periodo semestral mayo-octubre de 2021. Este dinero sirve como un fondo de contingencia para el trabajo, en caso quede desempleado.
Pero, ¿todos los trabajadores tienen derecho a este beneficio? ¿cómo calculo mi CTS? ¿cuándo puedo retirar el dinero? En esta nota, resolvemos todas tus dudas.
¿Qué es la CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador que se encuentra en planilla y tiene como finalidad protegerlo al momento en que su relación laboral finaliza.
Este beneficio laboral es depositado dos veces al año: en mayo y noviembre. Eso quiere decir que el próximo pago de CTS se debe dar hasta la quincena de este mes. Cabe señala que el monto a depositar varía según el régimen laboral de la empresa, que puede ser micro, pequeña, mediana y gran empresa.
¿Cómo se calcula?
Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), en el caso de la mediana y gran empresa, si el trabajador ha laborado en el período semestral completo –mayo a octubre de 2021– su CTS a depositar será el 50% del sueldo de octubre más un sexto de la gratificación recibida en julio.
Por ejemplo, si el sueldo de octubre fue de S/ 3,000 y el sexto de la gratificación de julio fue S/ 500, el total es S/ 3,500. Por lo tanto, el 50% a depositar será S/ 1,750.
En el caso que el trabajador no haya laborado el semestre completo, por cada mes laborado percibirá el 50% un sexto del sueldo y de la gratificación. Por ejemplo, si en el periodo semestral mayo-octubre trabajó dos meses, el monto inicial serán 2/6 de S/ 3,500; es decir, S/ 1,166. El depósito es la mitad de esta cifra.
En el caso que el trabajador no haya laborado el semestre completo, por cada mes laborado percibirá el 50% un sexto del sueldo y de la gratificación. Por ejemplo, si en el período semestral mayo-octubre trabajó dos meses, el monto inicial serán 2/6 de S/ 3,500; es decir, S/ 1,166. El depósito es la mitad de esta cifra.
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¿Qué trabajadores reciben la CTS?
Según el DS 004-97-TR, la CTS de noviembre es recibida por todos los trabajadores formales de empresas privadas con una jornada mínima de cuatro horas diarias que hayan laborado en la misma empresa entre mayo y octubre de este año.
Para tener derecho a por lo menos una parte de la CTS, el trabajador debe contar cuando menos con un mes de servicios.
Los trabajadores del régimen Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) también reciben CTS, pero solo acceden al 50% del beneficio.
Asimismo, conforme a la Ley 31047 y el DS 009-2021-TR, tienen derecho al depósito de la CTS las trabajadoras del hogar que laboren una jornada mínima de cuatro horas diarias.
Se excluye de este beneficio laboral a los trabajadores del sector público, los informales, los que emiten recibos por honorarios y aquellos del régimen laboral agrario que hayan optado por cobrar su CTS junto con su remuneración diaria.
Tampoco podrán recibir la CTS los trabajadores que hayan laborado una jornada menor a 4 horas diarias; empleados de la microempresa, contratados después de que la empresa se inscribió en el Remype; y los trabajadores con remuneración mensual mayor a 2 UIT (S/ 8,800), que hayan celebrado convenios con su empleador para percibir remuneración anual integral.
¿Puedo retirar la CTS?
La regla general establece que solo se puede retirar de la cuenta CTS el excedente de cuatro sueldos. Es decir, si tu salario es de S/ 1,000 y en la cuenta tienes S/ 6,000, solo podrás retirar S/ 2,000, pues siempre tienen que quedar cuatro sueldos en la cuenta, que en este ejemplo equivalen a S/ 4,000.
Sin embargo, a partir de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno para frenar el avance de la pandemia del COVID-19, se habilitó el retiro del 100% de la CTS hasta fin de este año.
¿Qué pasa si no me depositan?
Las empresas que incumplan con este beneficio serán sancionadas con multas diferenciadas por considerarse una infracción grave. Los montos van entre los S/ 484 hasta los S/ 114.928, según la CCL.
Para determinar la multa, además del sector al que pertenece la empresa, se toma en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (S/ 4,400 vigente en el 2021).
A continuación, se indican las multas mínimas y máximas por infracciones leves y graves vinculadas a la CTS, según se trate de microempresas, pequeñas, medianas y grandes empresas.
Además, las compañías están obligadas a entregar al trabajador la hoja de liquidación dentro de los cinco días de efectuado el depósito, de no hacerlo estarán incurriendo en una infracción leve cuyas multas van entre los S/ 198 a S/ 68.288.
¿Qué hacer para darle buen uso a la CTS?
La mejor forma de aprovechar la Compensación por Tiempo de Servicios es hacer que crezca lo máximo posible antes que se necesite usarlo, por lo tanto debe buscarse la mejor rentabilidad en una entidad financiera sólida, según informó Alfredo Marín, subgerente de productos pasivos minoristas de BanBif.
A continuación algunos consejos brindados por el directivo acerca de la CTS:
Pagar deudas. No es una buena recomendación para todos, sobre todo en un escenario como el actual, con alta incertidumbre y menor inversión privada, tal vez deba evaluarse mantener el mayor nivel de ahorro que permita a la persona y su familia cubrir los “gastos que no esperan” (comida, luz, agua, gas, colegio, internet), es decir, por el tiempo que estime le puede tomar reengancharse en el mercado laboral, emprender, etc.
Sin embargo, pagar una deuda con la CTS es una buena opción, para quien ya tiene un alto nivel de ahorros, por ejemplo, mantiene lo suficiente para pagar los gastos que no esperan por algunos meses que estará sin trabajo y hasta que lo consiga”, refirió.
CTS en dólares. Muchas personas han decidido pasar ese dinero de soles a dólares sin perder el beneficio de la intangibilidad, es decir manteniéndolo como CTS, es bueno consultar con su entidad la forma de hacerlo. El dólar es un activo que en lo que va del año se apreció más de 10% frente al sol. Diversificar es una opción viable para muchas personas.Utilizar la CTS para adquirir un vehículo u otro bien. Es una decisión que debe tomar en cuenta el nivel de ahorros que le quedaría a la persona y su familia luego del gasto, ante la eventualidad de necesitarla al quedarse sin trabajo.
El especialista señaló que la CTS no se debe transferir a una cuenta de ahorros sin un propósito meditado, porque al hacerlo pierde la tasa más alta que se paga a una cuenta de ahorros en el Perú, deja de ser intangible y puede ser embargada ante una obligación.
También debe evitarse gastar sin un propósito importante y sin considerar que se está afectando los fondos que le ayudarán cuando no tenga trabajo, es un error que se paga caro, porque ahorrar demanda mucho esfuerzo.
Si se desea invertir en Bolsa de Valores o Fondos Mutuos, la persona debe tener un perfil de inversionista, conocimiento y asesoría especializada”, agregó.
Además, consideró que no es recomendable retirar la CTS si es que sigues laborando o tienes otros ahorros que puedes disponer antes.
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