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¿Cuándo podrás sacar el dinero de tu CTS? Entérate aquí
A diferencia de los retiros de los fondos de AFP, en el caso de la CTS la disposición del dinero se realizará desde el día siguiente a la publicación del reglamento.
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Este jueves el Pleno del Congreso de la República aprobó un nuevo retiro de la Compensación por el Tiempo de Servicio (CTS) para los trabajadores en este 2024.
Esta norma autoriza -de manera excepcional- la libre disposición de la totalidad de la CTS y llega luego de la aprobación del retiro del fondo de pensiones individual de la AFP por un valor de hasta cuatro UIT este 2024.
¿Cuándo podré sacar la plata de la CTS 2024?
El profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta, consideró que el retiro de la CTS se iniciaría en junio.
El especialista en el tema dio un posible cronograma de las posibles fechas para cada una de las siguientes etapas:
1. Envío de la autógrafa del ley al Poder Ejecutivo: 03/05/24
2. Posible observación por parte del Poder Ejecutivo: 20/05/24 (15 días útiles)
3. Aprobación por insistencia de la ley por parte del Pleno del Congreso: 23/05/24
4. Promulgación de la ley en el Diario Oficial El Peruano: 24/05/24
5. Publicación del reglamento por parte del Ministerio de Trabajo: 03/06/24 (10 días calendario).
6. Inicio de los retiros: 04/06/24.
Carrillo Acosta detalló que a diferencia de los retiros de los fondos de AFP, en el caso de la CTS la disposición del dinero se podría realizar desde el día siguiente a la publicación del reglamento, como ocurrió en 2021 y 2022.
¿Qué es la CTS?
La CTS es un beneficio laboral al cual todos los trabajadores que pertenecen a la planilla de una empresa tienen derecho a recibir como Compensación por su Tiempo de Servicio dos veces al año, en mayo y en noviembre.
¿Cuándo se paga la CTS?
Todas las empresas están obligadas a hacer dos depósitos al año a sus trabajadores en planilla. El primer pago se realiza hasta el 15 de mayo, mientras que el segundo pago debe realizarse, como máximo, el 15 de noviembre.
¿Cuándo se podrá retirar la CTS - 2024?
De aprobarse en el Pleno del Congreso hoy, el dictamen será enviado al Ejecutivo para su promulgación en un plazo de 15 días. Si observan la norma, regresa al Parlamento para su revisión, pero, si la publican, entra en vigencia al día siguiente.
¿Quiénes podrán retirar su CTS - 2024?
El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios le corresponde única y exclusivamente a los trabajadores que estén en planilla; para el resto, los que prestan servicios de manera informal, no existe este beneficio.
Conoce cómo calcular tu beneficio para este 15 de mayo
La Cámara de Comercio de Lima (CCL explicó que, en el caso de la mediana y gran empresa, el monto de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) varía según el tiempo laborado en el semestre.
Es decir, si el trabajador ha laborado el semestre completo (noviembre 2023 - abril 2024), el depósito será el 50% de su sueldo, más un sexto de la gratificación recibida en diciembre 2023.
No obstante, si el trabajador no ha laborado todo el semestre completo, por cada mes trabajado, percibirá un sexto de su sueldo más la misma fracción de la gratificación.
En el caso de la pequeña empresa, cuyos ingresos anuales no son superiores a 1,700 UIT. Si no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores antiguos y nuevos tendrán derecho a CTS conforme a la regla general, que rige para la mediana y gran empresa.
Sin embargo, si el negocio está inscrito en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su registro tendrán derecho a la CTS, según la regla general.
En tanto, si el trabajador ha sido contratado luego de que la empresa se inscribió en el Remype, su CTS será el 50% de lo que se obtiene en el régimen general.
Para la microempresa, cuyos ingresos anuales no superan las 150 UIT, se presentan diversos casos: primero, si no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a la CTS bajo la regla general.
Si la microempresa se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tienen derecho a la compensación bajo la regla general; en tanto, si los trabajadores fueron contratados después de que la microempresa se inscribió en el Remype, estos trabajadores no tienen derecho a CTS.
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