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Declaración de Renta 2021: Personas naturales podrán realizar el trámite desde su celular

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que a partir del lunes 14 de febrero, más de 600,000 personas naturales podrán presentar, a cualquier hora y sin necesidad de acudir a un Centro de Servicios al Contribuyente, la Declaración de Renta 2021, desde su celular con el APP Personas, cumpliendo oportunamente con esta importante obligación tributaria.

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Fecha Actualización
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que a partir del lunes 14 de febrero, más de 600,000 personas naturales podrán presentar, a cualquier hora y sin necesidad de acudir a un Centro de Servicios al Contribuyente, la Declaración de Renta 2021, desde su celular con el APP Personas, cumpliendo oportunamente con esta importante obligación tributaria.
También indicó que la declaración mediante el APP es rápida y fácil para que el contribuyente pueda realizar el trámite.
Pasos para la Declaración de Renta
Descargar o actualizar este aplicativo desde las tiendas virtuales de Google Play y App Store.
Dar clic en la opción Renta Anual.Seleccionar Declaración de Renta Anual.Confirmar o modificar la propuesta de declaración y listo.También podrá declarar ingresando a http://renta.sunat.gob.pe/, en donde ubicará la opción Declare y en tan solo unos minutos podrá cumplir con la presentación.
¿Quiénes deben presentar la declaración?
Las personas naturales que hubieran percibido exclusivamente Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y determinen un saldo a favor por la deducción de gastos.Los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías (trabajadores en planilla) y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.Los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría, entre otros.
Devolución de impuestos
En caso le corresponda un saldo a favor del Impuesto a la Renta (IR), el contribuyente puede registrar o actualizar, en ese mismo momento, el Código de Cuenta Interbancario (CCI), para que la Sunat le deposite la devolución de manera directa en su cuenta bancaria.
Sunat iniciará la devolución de oficio, con saldo a favor del IR 2021, al día siguiente hábil de culminado el período de vencimiento de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2021.
Es decir a partir del lunes 11 de abril se realizará la devolución para los trabajadores en planilla que hicieron gastos deducibles de consumos en bares, restaurantes, hoteles, entre otras actividades.
Pagos y fraccionamiento
Si le corresponde regularizar el Impuesto a la Renta, podrá pagarlo con cualquier tarjeta de crédito o debito. También puede optar por solicitar en ese momento el aplazamiento (hasta por seis meses) y/o fraccionamiento (hasta 36 cuotas) del monto a regularizar.
El ente recaudador estima que para la presente Campaña de Renta 2021, aproximadamente 228,832 personas naturales solicitarán la devolución del saldo a favor o pago en exceso del Impuesto a la Renta (principalmente por rentas de trabajo) por un monto cercano a los S/ 308 millones.
Asimismo, unas 500 mil personas, principalmente trabajadores en planilla, que no están obligadas a presentar su Declaración Anual, pero que han tenido gastos deducibles (por consumos en restaurantes, bares, hoteles, servicios profesionales, aportaciones de trabajadores del hogar a Essalud y servicios turísticos), recibirán una devolución de oficio del saldo a favor del IR.
Para este beneficio, los gastos deducibles señalados deben haberse realizado en el 2021 con boleta de venta electrónica o recibos por honorarios electrónico, entre otros comprobantes de pago. Adicionalmente, deben haber registrado su CCI en la Sunat porque la devolución de oficio solo se efectúa a través del depósito en la cuenta bancaria del trabajador.
Se recomienda no esperar el cronograma final de vencimiento que va del 25 de marzo al 8 de abril según el último dígito del RUC, para presentar la declaración”, sostuvo Sunat.
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