“En Perú, muchas concesiones y proyectos de inversión se realizan sobre tierras que pertenecen al Estado y que están debidamente inscritas en los Registros Públicos. Si después de cientos de millones de dólares desembolsados, el Estado les dice a los inversores: ¿Sabes qué?, eso que te vendí ya no es tuyo, se afecta gravemente la columna vertebral de la seguridad jurídica del país”, afirmó Milton von Hesse, exministro de Agricultura.
Las declaraciones de von Hesse son una descripción exacta de lo que está experimentando la empresa Agrícola Cerro Prieto con un fallo del Tribunal Constitucional que, si bien fue enmendado en su momento, ha dejado algunos vacíos que, no solo ponen en riesgo el futuro de esta firma agroindustrial, sino también del sector agroexportador en el Perú.
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Como informamos hace unos días (Perú21, 19.08.24), el Tribunal Constitucional (TC) despojó en 2009 a Agrícola Cerro Prieto de los terrenos que había adquirido del Estado en un concurso público internacional, dentro de un proceso en el que luego reconoció que el demandante, Aspillaga Anderson Hermanos, no actuó conforme al principio de buena fe. Incluso, el propio Estado, que era la parte demandada, ocultó esta información.
El problema del agua
Aunque luego el TC buscó enmendar su decisión en una resolución del 2012, no abordó la magnitud del problema que ocasionó con su resolución inicial, que es el derecho al acceso al agua que adquirió Cerro Prieto cuando compró al Estado las tierras eriazas.
Tal como explica Von Hesse, un pedazo de desierto sin agua no tiene valor. Por ello, el Estado cuando le vende a Cerro Prieto las 6,192 hectáreas de tierras eriazas por US$2.3 millones, a la vez (y está en el contrato) le vende el derecho al agua del Proyecto Especial Jequetepeque-Zaña, que es uno de irrigación.
Sin embargo, el TC en su resolución de 2012 ordena que la Oficina Registral de Chiclayo mantenga la inscripción de dominio de los terrenos eriazos a favor de Cerro Prieto, solo en la parte que compró al Estado, y le indemnice a Aspillaga Anderson Hermanos por el resto del terreno contiguo.
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Y el TC no toma en cuenta que el Estado, al garantizar a Cerro Prieto el derecho al agua, le autoriza construir en tierras estatales el canal que le brinda dicho acceso. Cómo señala Von Hesse, sin agua el terreno no tenía valor, y el agua no estaba al lado del terreno, por lo que la empresa tenía que construir canales y reservorios en tierras que no necesariamente compró al Estado.
Ahora, Aspillaga Anderson Hermanos sostiene que esos terrenos en los que Cerro Prieto construyó el canal y los reservorios de agua son suyos, con lo cual, si el Tribunal Constitucional y todos los órganos de justicia no hacen respetar los compromisos que el Estado asumió con Cerro Prieto, no solo harán peligrar la sostenibilidad de la empresa, sino que generarán un mal precedente que “destruirá el sistema agroexportador”, alertó Von Hesse.
“Si miras Olmos, Chavimochic, Majes Siguas I y II, todas son tierras que el Estado ha tenido registradas a su nombre en el antiguo Instituto Nacional de Desarrollo. Imagínate que toda esta inversión, basada en este fallo del TC, comience a ser reclamada por terceros, desconociendo los procesos expropiatorios de los últimos 50 años. Esto pone en riesgo la futura actividad agroexportadora”, concluye Von Hesse.
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