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Libro de Reclamaciones: Empresas deben habilitar versión ‘online’
Compañías que ofrecen bienes y servicios por Internet también deberán contar con esta herramienta.
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Las empresas que ofrecen bienes o servicios en Internet también estarán obligadas a tener un Libro de Reclamaciones, el cual debe ubicarse en la página de inicio del negocio.
Así lo establece la nueva norma sobre esta herramienta, publicada por la Presidencia del Consejo de Ministros.
También obliga a las empresas de transporte terrestre urbano, provincial e internacional, a tener un número telefónico para atender reclamos.
En el caso de las aerolíneas, el libro estará en las áreas de embarque. La norma entrará en vigencia el 23 de abril.
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