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Más mipymes podrían financiarse con el factoring

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Fecha Actualización
Más de un año después de la aprobación del D.U. No. 013-2020, que busca promover el financiamiento entre las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), emprendimientos y ‘startup’, la Coalición de Exportadores de Servicios del Perú (CESP) ha alzado su voz para exigir la aprobación de su reglamento.
Según refieren en esta organización, que está conformada por 16 asociaciones y gremios empresariales, de obtener luz verde el reglamento que establecería los lineamientos para que estas unidades económicas accedan a otros mecanismos financieros, el número de mipymes beneficiadas con el factoring pasaría de las 400.000 actuales a 800.000.
Tal como explican en la CESP, este dispositivo legal incluye normas de promoción que permitirán que las mipymes accedan al financiamiento a través de la factura negociable, por lo que con su aprobación “podrán hacer un mayor uso del factoring y lograrán obtener el respaldo que les permita continuar con la cadena de pagos y seguir apostando por hacer empresa en el Perú”.
Por esa razón, el D.U. No. 013-2020 está encaminado a promover que más empresas, especialmente mipymes, puedan ingresar al sistema financiero, ya que en la actualidad solo un 6% de las 2,2 millones de unidades que existen en el país pueden acceder al financiamiento de manera formal.
Al respecto, Rafael Zorrilla, gerente general de Perú Factoring, sostiene que esta herramienta viene cobrando relevancia en los últimos años debido a que ayuda a darle liquidez a las empresas –sobre todo a las mipymes– en muy corto plazo, por lo que con la migración hacia la facturación electrónica, que se vio favorecida por la pandemia, su potencial de crecimiento es importante.
“El uso del factoring en nuestro país representa apenas el 2,5% del PBI, mientras que en otras economías oscila entre 8% y 14% del PBI. El potencial de crecimiento es grande”, afirma.
MENOS TIEMPO
Tal como explican en la CESP, la implementación del capítulo 1 del D.U. No. 013-2020 aminora el plazo de rechazo de una factura negociable de ocho días útiles a dos días calendarios, lo que redundará en agilizar el acceso a capital de trabajo.
Adicionalmente, también reduce los motivos de rechazo de una factura a solo tres supuestos y, en caso se rechace, se extingue también la factura comercial y su efecto tributario, de esta manera las empresas deudoras no podrán utilizar el crédito fiscal de la misma.
“El factoring se alinea a las políticas públicas que promueven la formalización de las empresas, la utilización de la factura electrónica, la trazabilidad de las empresas contribuyentes y una mejora en el poder de negociación del proveedor. Por tanto, su aplicación ayudará a diversas empresas, que en estos momentos atraviesan por una grave situación, a obtener liquidez y capital de trabajo para continuar con sus procesos productivos y generar más puestos de trabajo”, señalan en la CESP.
Por esa razón, las 16 asociaciones y gremios empresariales que conforman la CESP sugieren que el Ministerio de Economía y Finanzas y al Produce procedan con la prepublicación del reglamento del D.U. No. 013-2020 para que desde diferentes frentes hagan llegar sus opiniones, recomendaciones y sugerencias.
Como parte de sus exigencias, también plantean la incorporación de la Asociación Peruana de Factoring (Apefac) y de la Asociación Peruana de Productos Financieros (Aprofin) para que –valiéndose de su conocimiento del mercado– brinden detalles de la operatividad de la industria del factoring y de los diferentes instrumentos financieros que contribuyen al crecimiento y fortalecimiento de las mipymes en el país.
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