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Mayores sanciones a faltas tributarias
Sunat establece que no emitir o no entregar comprobantes de pago será sancionada con el cierre temporal del establecimiento.
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La Sunat modificó la gradualidad de sanciones por infracciones al no emitir o no entregar comprobantes de pago. Ahora, esta falta será sancionada con el cierre temporal del establecimiento desde la primera oportunidad en que se detecte dicha infracción.
La resolución de Sunat precisa que la cantidad de días de cierre se elevará a tres, seis y 10 para la primera, segunda, tercera y demás oportunidades, respectivamente.
Solo se c*ontabilizarán las infracciones detectadas desde el 6 de julio*, cuando se emitió el Decreto Legislativo 1113, que facultó estos cambios.
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