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Empresas operadoras fueron multadas con más de S/ 20 millones por vender chips en la calle

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) informó que, de 2020 a marzo de 2022, se han impuesto multas por más de S/ 20 millones a las empresas operadoras que incurrieron en la venta de chips de telefonía móvil en la vía pública.

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Fecha Actualización
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) informó que, de 2020 a marzo de 2022, se han impuesto multas por más de S/ 20 millones a las empresas operadoras que incurrieron en la venta de chips de telefonía móvil en la vía pública.
De los S/ 20'565.000 con los que se sancionó a las compañías por incurrir en esta práctica, pese a estar prohibida, el mayor monto corresponde a Telefónica con S/ 6.26 millones (30%); seguido de Bitel, S/ 5.40 millones (26%); Entel, S/ 4.48 millones (22%) y Claro con S/ 4.42 millones (22 %).
Para reforzar la normativa vigente, el Osiptel propuso un proyecto de ley que especifique la prohibición de la venta ambulatoria o en la vía pública de chips de telefonía móvil, así como en lugares que no cuenten con una dirección específica reportada al regulador.
Ante la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos (Codeco) del Congreso de la República, se expuso esta problemática que genera el mal uso de datos personales y representa un peligro para la seguridad de los usuarios.
En ese sentido, el organismo regulador señaló que para la reposición de chips, además de la verificación biométrica y de la contraseña única, las empresas deberán exigir la presentación del documento de identidad del abonado.
El chip se activará recién cuatro horas después de presentada la solicitud. Durante ese tiempo la empresa debe enviar dos alertas obligatorias (mensaje de texto y correo electrónico) al cliente informándole del hecho”, precisó.
Además, indicó que el trámite se hará en los centros de atención de la empresa y los puntos habilitados para atención en provincias, previamente reportados al Osiptel, y se obliga a mantener la trazabilidad del proceso de venta exigiendo a su vez la identificación del asesor que la realiza.
Las empresas también estarán obligadas a brindar al abonado la información y documentación sobre los trámites que cuestione o desconozca para que pueda usarlas en eventuales procesos contra estafa o apropiación ilícita de fondos mediante fraudes.
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