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Notarías deberán registrar operaciones desde US$5,000
SBS aprobó normas de control para registro de los movimientos financieros en moneda nacional y extranjera, con el fin de prevenir lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
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Las notarías deberán registrar las operaciones que efectúen a partir de los US$5,000 para el control de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), como parte de su paquete de normas especiales para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
La mnorma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, indica que se deberá llevar un Registro de Operaciones (RO), lo cual no significa que el usuario que entre en dicha lista haya realizado una operación inusual o sospechosa, sino que servirá para controlar cualquier actividad fuera de lo común.
En ese sentido, se precisa que los notarios deberán mantener actualizado dicho registro con las operaciones que realicen clientes bancarios por importes iguales o superiores a los US$5,000 o su equivalente en moneda nacional u extranjera.
Asimismo se registrarán las operaciones múltiples que en su conjunto igualen o superen los US$20,000 o su equivalente en soles u otras monedas, cuando se realicen en beneficio de una misma persona durante un mes calendario, en cuyo caso se considerará como una sola operación.
Sin embargo, hay umbrales especiales para un grupo de operaciones, como la transferencia u otro acto de disposición de bien inmueble a título oneroso o gratuito y/o garantía hipotecaria, donde el registro se hará para operaciones iguales o mayores a los US$30,000.
También se precisa que las transferencias o disposición de los bienes muebles a título gratuito se registran individualmente desde los US$5,000 y solo en operaciones múltiples a partir de los US$20,000.
En caso de arrendamiento, usufructo, cesión en uso, derecho de superficie o actos de disfrute, se reportarán las sumas a partir de US$10,000 en operaciones individuales o US$30,000 en operaciones múltiples efectuadas en un mes.
Para actos societarios que involucren movimiento patrimonial o económico, incluyendo aumentos de capital, transferencias a título oneroso o gratuito de acciones, participaciones sociales o marca, solo se registrarán las operaciones individuales desde US$1,000.
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