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Osinergmin fija bandas de precios para combustibles de uso vehicular
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) fijó este jueves las bandas de precios para el Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado (GLP-E), Gas Licuado de Petróleo destinado a granel (GLP-G), Gasohol de 84 octanos, Gasolinas de 90 y 84 octanos, y Diésel B5 de uso vehicular.
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El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) fijó este jueves las bandas de precios para el Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado (GLP-E), Gas Licuado de Petróleo destinado a granel (GLP-G), Gasohol de 84 octanos, Gasolinas de 90 y 84 octanos, y Diésel B5 de uso vehicular.
Mediante Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Osinergmin N° 051-2022-OS/GRT, publicada hoy en El Peruano, se fijaron las bandas de precios para los combustibles mencionados.
La norma dispone las bandas de precios de la siguiente manera:
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Las bandas de precios y los márgenes comerciales aprobados en la resolución estarán vigentes a partir del viernes 30 de setiembre de 2022 hasta el jueves 27 de octubre de este año.
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