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Retiro CTS: cuándo se podrá retirar el 100% de los fondos y cuánto depositarán en mayo

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Fecha Actualización
Según la Ley de Compensación de Tiempo de Servicios Decreto Supremo Nº 001-97-TR, la CTS tiene como objetivo el beneficio social de previsión a las contingencias que origina el cese de trabajo y de promoción del trabajador junto a sus familiares, debiéndose devengar estar desde el primer mes de iniciado el vínculo laboral computándose toda fracción en 30 días.
La CTS se debe depositar semestralmente en la institución elegida por el trabajador. Efectuado el depósito queda cumplida y pagada la obligación, sin perjuicio de los reintegros que deban efectuarse en caso de depósito insuficiente o que resultare diminuto. La CTS le corresponden como beneficio a todos los trabajadores que cumplan al menos con una jornada mínima de 4 horas diarias.
Acorde a la Ley de Compensación de Tiempo de Servicios, los trabajadores podrán efectuar retiros parciales de su CTS y sus interés acumulados siempre que no excedan al 50% de los mismos. El cálculo del retiro se efectuará en la misma fecha en la que el trabajador solicite el retiro parcial. Las empresas están en la entera obligación de cumplir con el depósito de la CTS.
El vencimiento es este 17 de mayo lo que correspondería al depósito del período semestral desde noviembre del 2020 a abril del 2021. La multa para las empresas que incumplan con el depósito de la CTS incurrirán a una infracción que oscilará entre 198 soles a 68.288 soles. El monto de la multa irá dependiendo acorde al número de trabajadores afectados basándose en el monto de la UIT.
¿EL RETIRO DE CTS AL 100% CUANDO SE PODRÁ RETIRAR Y CUANTO ES EL MONTO QUE CORRESPONDE?
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El retiro de la CTS podrán hacerlo todos aquellos trabajadores de pequeña, mediana y grande empresa con al menos una jornada laboral de 4 horas diarias del sector privado y público siempre que hayan laborado durante el semestre anterior, a este grupo de trabajadores se unen los y las trabajadoras del hogar siempre que laboran 4 horas diarias acorde a la Ley 31047.
Dada la situación de la pandemia, los trabajadores podrán acceder al 100% de su depósito de la CTS acorde a lo manifestado por la Comisión de Trabajo del Congreso a modo de apoyo por la dura situación y emergencia que se vive actualmente en el país. Esto acorde a la Ley 30334 que dispone el retiro del 100% del excedente de sus cuatro sueldos.
La abogada Cristina Oviedo de Payet explicó “Dicho depósito será equivalente al 50% de la suma del sueldo y la sexta parte de la gratificación por Navidad 2020, siempre que hayan trabajado durante el semestre completo (noviembre 2020 – abril 2021); caso contrario, recibirá por cada mes trabajado un doceavo de la suma del sueldo y la sexta parte de la gratificación por Navidad 2020, y un treintavo del doceavo de dicha suma por cada día completo de servicios”.
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En los casos en los que los trabajadores no reciban el pago correspondiente a su CTS de mayo, estos deberán dirigirse a Sunafil con el objetivo de que se realice una fiscalización para asegurar el cumplimiento de dicha obligación por parte de la empresa. La abogada Oviedo comentó “No depositar íntegra u oportunamente la CTS representa la comisión de una infracción grave en materia de relaciones laborales que podrá ser sancionada con una multa que oscila entre 1.57 UIT y 26.12 UIT”.
El retiro de la CTS se estipulaba que se retiraba al finalizar la relación formal con una empresa pero luego de la aprobación de la Ley que permite el retiro del 100% de esta, actualmente con solo hacer la solicitud a la entidad financiera ya se podrá retirar. Este dinero se puede solicitar que se transfiera a otra cuenta en la cual puedas usar el dinero o en tal caso lo retires por el cajero.
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En cuanto al modo de cálculo de la CTS, se hará acorde al sueldo de cada trabajador, esto se regirá por el sueldo actual que tenga el trabajador. Es decir si el sueldo del trabajador se ve reducido en el último mes, será ese sueldo el que se tome como referencia para el cálculo de la CTS. Existe una variación de los montos si perteneces a una pequeña, mediana o gran empresa.
Para el cálculo del monto de CTS se toma como referencia ese último sueldo y se le agrega una sexta parte de lo que recibió de gratificación en diciembre. Un ejemplo sería, si el sueldo de un trabajador el mes anterior al cálculo fue de 2000 soles y el sexto de su gratificación fueron 334 soles, el monto del depósito de la CTS sería aproximadamente de 2334 soles.
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Que variará acorde a si perteneces a una pequeña empresa, que el monto de tu CTS corresponderá al 50% del monto de CTS que se le otorga a los trabajadores de mediana y gran empresa. Siendo así que si un trabajador de mediana o gran empresa reciben 2334 soles de CTS, en caso de los trabajadores de pequeña empresa recibirán el 50% que corresponde a 1167 soles.
De igual forma los montos variarán acorde a aquellos trabajadores que obtengan comisiones o montos adicionales por trabajos a destajo, que en este caso se calculara el promedio de las remuneraciones percibidas en el último semestre. En caso de que el trabajador no haya laborado los últimos seis meses completos sino 3, entonces de la CTS correspondiente a esos 6 meses solo se le depositará la mitad del monto calculado.
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