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Segunda temporada de pesca de anchoveta en zona sur del país inicia el próximo 5 de agosto
El Ministerio de la Producción estableció una cuota de 540,000 toneladas para la segunda temporada de pesca de anchoveta en la zona sur del Perú.
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El inicio de la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta en la zona sur del Perú comenzará el próximo lunes 5 de agosto.
Según una resolución emitida por el Ministerio de la Producción (Produce), que fue publicada hoy en El Peruano, se establece "autorizar el inicio de la segunda temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área marítima comprendida entre los 16°00’LS y el extremo sur del dominio marítimo del Perú, correspondiente al período julio - diciembre 2019".
El inicio de la segunda temporada de pesca regirá a partir de la 00:00 horas del cuarto día hábil contado desde el día siguiente de publicada la presente resolución, es decir a partir del 5 de agosto. También se dispone que la fecha de conclusión de la mencionada temporada culminará una vez alcanzado el límite máximo total de captura permisible de la zona sur o esta no podrá exceder del 31 de diciembre de 2019.
La norma refiere, además, que el Produce fija en 540,000 toneladas como límite máximo total de captura permisible de la zona sur del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) para consumo humano indirecto correspondiente a la segunda temporada.
También se establece que solo podrán realizar faenas de pesca las embarcaciones pesqueras registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante la presente temporada de pesca, conforme al límite máximo de captura por embarcación de la zona sur.
Se prohíbe la extracción o procesamiento de ejemplares de anchoveta con tallas menores a las previstas en las normas vigentes, permitiéndose una tolerancia máxima de 10% expresada en número de ejemplares. "Cuando se extraigan ejemplares juveniles de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en porcentajes superiores al 10% de los desembarques diarios de un determinado puerto, se suspenderán las actividades pesqueras, principalmente las actividades extractivas, por un período mínimo de 3 días consecutivos de las zonas de pesca o de ocurrencia, si dichos volúmenes de desembarques pudiesen afectar el desarrollo poblacional del recurso mencionado", indica la resolución del Produce.
La vigilancia y control de las zonas de pesca se efectuará sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital.
La norma fue suscrita por la titular del Produce, Rocío Barrios.
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