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SNI cuestiona decreto sobre norma antielusiva

El gremio industrial señala que la medida vulnera principios constitucionales como la presunción de inocencia y la seguridad jurídica de las empresas.

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Fecha Actualización
La Sociedad Nacional de Industrias (SNI) afirmó este martes que las modificaciones introducidas por el Decreto legislativo N° 1422, al Código Tributario con la finalidad de regular la aplicación de la Norma XVI (norma antielusiva) en relación a la responsabilidad solidaria de los representantes legales y directores, vulnera principios constitucionales.
"Es indispensable la modificación de la norma o de lo contrario se estaría colocando en serio riesgo la estabilidad jurídica de las inversiones", señaló Ricardo Márquez, presidente de la SNI.
El líder gremial explicó que la medida que regularía situaciones que estarían sujetos a la aplicación de la norma antielusiva, vulnera el principio de irretroactividad en materia tributaria, pues pretende aplicar un procedimiento de fiscalización regulado en el 2018 a situaciones que ocurrieron desde el 2012.
Márquez indicó que se vulnera también el principio de presunción de inocencia, al establecer dolo y responsabilidad solidaria para representantes legales y directores.
Asimismo, la disposición transgrede el principio de predictibilidad, pues no define qué se entiende por acto artificioso y acto impropio, y no tiene una definición de elusión tributaria y los supuestos en los cuales las empresas buscan beneficios distintos al ahorro o ventaja fiscal.
El principio de seguridad jurídica de las empresas también se verá afectado al dejar a juicio de un Comité Revisor, formado por funcionarios de la Sunat la calificación de la elusión.
El representante gremial detalló que el DL N° 1422 incorporó un ítem a la norma por el cual, se presume que los representantes legales han actuado en abuso de sus facultades, en caso participen en el diseño, aprobación o ejecución de planes que conlleven a objetivos distintos al ahorro tributario.
Para ello se ha dispuesto que el Directorio de la empresa evalúe las situaciones y relaciones económicas realizadas desde el 19 de julio del 2012 y que a la fecha siguen teniendo vigencia, a fin de decidir su ratificación o modificación.
“Si bien, la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, aprobó un texto sustitutorio, modificando la vigencia y aplicación de la norma antielusiva a situaciones que ocurran a partir de la publicación del decreto supremo por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), este a la fecha no ha sido aprobado”, manifestó Márquez.
En ese sentido, el empresario industrial destacó la urgencia de modificar el Decreto Legislativo N° 1422 toda vez que considera que es una medida arbitraria, que vulnera la constitución colocando en riesgo la seguridad jurídica de las inversiones en el país.
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