PUBLICIDAD
Sunass: Usuarios participarán en la identificación de inversiones para mejorar servicio de agua potable
La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) aprobó el proyecto de modificación del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por las empresas prestadoras, para la implementación de la consulta pública en el marco de la elaboración de los planes maestros optimizados (PMO), que contiene metas de gestión en términos de inversiones, obras y medidas de mejora del servicio durante el periodo regulatorio.
Imagen
Fecha Actualización
La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) aprobó el proyecto de modificación del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por las empresas prestadoras, para la implementación de la consulta pública en el marco de la elaboración de los planes maestros optimizados, que contiene metas de gestión en términos de inversiones, obras y medidas de mejora del servicio durante el periodo regulatorio.
Esta medida se autorizó mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 033- 2022-Sunass-CD.
Además, explicó que el Plan Maestro Optimizado (PMO) es una herramienta que se usa para planificar a largo plazo, que contiene la programación de las inversiones en condiciones de eficiencia y las proyecciones económicas financieras del desarrollo eficiente de las operaciones de la empresa prestadora.
Actualmente, la Sunass utiliza el mecanismo de audiencia pública para socializar los proyectos de estudios tarifarios de las empresas prestadoras (EP), durante la cual se recogen los comentarios y aportes de la población, a fin de ser evaluados e incorporados en el estudio final.
Participación ciudadana en elaboración de proyectos
Con el fin de incluir estos mecanismos de consulta pública en etapas más tempranas, la norma establece la participación ciudadana de manera previa a la elaboración de los proyectos de estudios tarifarios, es decir, desde la elaboración del PMO por parte de las empresas prestadoras.
De esta forma, el resultado de la consulta pública se incluye en el análisis de las inversiones y medidas de mejora que propone la empresa prestadora tomando en cuenta las necesidades y demandas de la población usuaria y de las partes interesadas.
Así, el artículo 42 del Reglamento de Tarifas establece que las EP deben contar con un plan de consulta pública, para que sea implementado en el nuevo periodo regulatorio.
En esta línea, la entidad aprobó lineamientos para que las EP, desde el principio, recojan la percepción y opinión de los usuarios sobre la prestación de los servicios de saneamiento que recibe, así como, de la población no usuaria, instituciones públicas, organizaciones representativas de los usuarios y otros agentes interesados.
Estos contienen pautas metodológicas para el diseño y aplicación de la consulta pública, así como la sistematización de sus resultados.
La norma indica que en la etapa de diseño del PMO se cuente con información desde la perspectiva del usuario a través del mapeo, clasificación y priorización de problemas, que harán posible contar, de primera mano, con la percepción actual de los usuarios.
Además, en la etapa de socialización del PMO, el objetivo es dar a conocer su contenido antes de ser presentado a la Sunass.
VIDEO RECOMENDADO
PUBLICIDAD
ULTIMAS NOTICIAS
Imagen
Imagen
Imagen
PUBLICIDAD