/getHTML/media/1237526
¿Sacaron del cargo a fiscal Peralta? | La Voz del 21
/getHTML/media/1237508
Hugo de Zela sobre viaje a EE.UU.: "Se intentó explicar al Congreso, pero Dina no quiso"
/getHTML/media/1237506
Abraham Levy: "Hay mucho desinterés sobre los incendios forestales"
/getHTML/media/1237486
Benji Espinoza abogado de Fiscal Elizabeth Peralta: "Nos allanamos a lo que decida la Fiscalía"
/getHTML/media/1237484
Darío Sztajnszrajber, filósofo: "Aprendamos a vivir el amor también con sus sombras"
/getHTML/media/1237374
Abogado de 'Culebra': " Santiváñez quiere pasar al retiro al capitán Izquierdo"
/getHTML/media/1237194
Congreso niega viaje a Dina por incendios | La Voz del 21
/getHTML/media/1237192
Luis Vargas Valdivia sobre 'Chibolín': "Fiscalía podría evaluar organización criminal"
/getHTML/media/1237191
Marco Antonio La Rosa: "Necesitamos una declaratoria de emergencia por incendios"
/getHTML/media/1237190
Igor Mostovenko, modelo: "No le diría nada a Putin porque está enfermo" en La del Estribo
/getHTML/media/1237030
Diego Barragán y el éxito de la estrategia de Qroma en Marcas y Mercados
/getHTML/media/1237029
Cecilia Valenzuela sobre Summum: "La gastronomía peruana es la mejor expresión de nuestro mestizaje"
/getHTML/media/1237023
Fiscalía levantará las comunicaciones de 'Chibolín'
/getHTML/media/1237021
Carlos Basombrío: "No hay liderazgo en el Ministerio del Interior"
/getHTML/media/1237011
José Carlos Nieto de Sernanp sobre incendios forestales: "El oso de anteojos es una de las especies en peligro"
/getHTML/media/1236987
Carlos Neuhaus, presidente del PPC: "Hay que fomentar que los partidos se junten"
/getHTML/media/1236984
Tefi Valenzuela: ‘’Debes saber satisfacerte sin necesidad de un hombre’’
/getHTML/media/1236566
¿Le anularán el caso Rolex a Dina Boluarte?
/getHTML/media/1236567
Yván Montoya analiza el hábeas corpus de Dina Boluarte
/getHTML/media/1236524
¿Qué opinan los peruanos de Alberto Fujimori? en Ciudadanos y Consumidores
/getHTML/media/1236426
César Campos: ¿Fuerza Popular será lo mismo sin Alberto Fujimori?
/getHTML/media/1235910
Andy Carrión sobre 'Chibolín': ¿De dónde viene la fortuna de Andrés Hurtado?
/getHTML/media/1235889
Jeremías Gamboa y la conquista de Lima en Ciudad de Cuentos
PUBLICIDAD

Sunat podrá inspeccionar locales de deudores tributarios de forma remota

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) podrá realizar inspecciones de locales de deudores tributarios de forma remota, según una norma que emitirá el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Imagen
Fecha Actualización
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) podrá realizar inspecciones de locales de deudores tributarios de forma remota, según la norma del Ejecutivo que se publicó en el diario El Peruano.
Se trata de uno de los tres decretos legislativos que alista el sector en el marco de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso de la República al Poder Ejecutivo.
El titular del MEF, Óscar Graham, adelantó que la ley próxima a promulgarse busca permitirá reducir la elusión, evasión fiscal y “generar una mayor recaudación y una tributación más justa”.
El decreto legislativo plantea una serie de modificaciones al Código Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 816 y cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado a través del Decreto Supremo N° 133-2013-EF.
El objetivo de la norma es adaptar las facultades de fiscalización de la Sunat al proceso de transformación digital que se vive en la institución. Para ello se han adaptado diversos artículos del Código, como por ejemplo en relación a las notificaciones de las infracciones y sanciones, que ahora se podrán realizar de forma remota o virtual, según el documento al cual tuvo acceso El Comercio.
En cuanto a los procesos de comparecencia de los deudores tributarios, Sunat podrá solicitar que sea de forma presencial o remota. Asimismo las citaciones ahora deberán contar con los siguientes datos mínimos:
El tipo de comparecencia (presencial o remota)El objeto y asunto de la comparecencia.La identificación del deudor tributario o tercero. En caso de que el deudor tributario o tercero sea distinto a una persona natural, la indicación de que quien debe acudir a la citación es su representante legal.La fecha y hora en que deberá concurrir a las oficinas de la Administración Tributaria y la dirección de esta última, en el caso de la comparecencia presencial; o la fecha y hora en que el deudor tributario o el tercero y la administración se conectarán, en el caso de la comparecencia remota, y el medio a utilizar para dicho efecto.El fundamento y/o disposición legal respectivos.
“La inspección que se realice de forma remota se lleva a cabo conforme a lo que se establezca mediante decreto supremo”, refiere el documento.