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Se requieren cambios en la norma de teletrabajo

Proponen que cambios que se realicen se hagan entre el sector trabajo, migraciones y la Sunat.

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Fecha Actualización
La nueva Ley del Teletrabajo contempla que las personas puedan realizar sus labores tanto dentro del territorio nacional como fuera del país, sin embargo para el socio de Vinatea & Toyama Abogados, Roberto Matallana, hay algunos factores que no se han considerado si el colaborador labora en el extranjero.
Por ejemplo, el analista señaló que si el trabajador vive fuera de Perú, “¿cuál sería la necesidad de seguir aportando a Essalud?”.
“Para tú trabajar fuera del país también necesitas permiso. Imaginemos que lo tienes, pero si en esa otra nación no hay un convenio puede haber doble imposición, es decir que tendrías que pagar el tributo del país donde prestas el servicio y el de Perú”, aseguró.
Otro tema que no se ha considerado, precisó, es que “si trabajas más de 182 días fuera del Perú, pasas a ser un ‘no domiciliado’”, y con eso lo que tiene que pagar por concepto de impuesto a la renta es el 30%.
“Cualquier ingreso que reciba un trabajador no domiciliado que resida fuera va a tener un descuento del 30%. Yo no sé qué tan práctico sea para ese trabajador”, indicó.
Para el experto, estos temas pueden modificarse en el reglamento de la norma, que incluya no solo el punto de vista laboral, sino otros ámbitos como migraciones y Sunat.
Otro punto a considerar, señaló, es que se tiene que plantear la contratación de seguros que cubran al teletrabajador en caso de accidentes y enfermedades cuando vive en el extranjero.
En caso no se cambie, Roberto Matallana consideró que esta norma, que debe ser un incentivo para formalizar las relaciones, se convierte en todo lo contrario.
“Actualmente, nos encontramos en una fase de adecuación del teletrabajo. Si bien el tiempo es corto, podrían plantearse, si existe la voluntad política necesaria, algunos mecanismos que otorguen más ímpetu a esta nueva regulación y no conviertan el teletrabajo en un mero sucedáneo del trabajo remoto”, añadió.
TENGA EN CUENTA
Roberto Matallana precisó que en lo que se refiere a la obligación de afiliar al trabajador a un sistema de pensiones, la única opción viable si hace teletrabajao en el extranjero, es la AFP.
De esta manera se puede transferir los fondos al exterior.
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