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Daniel Mora presentó proyecto para sancionar a congresistas tránsfugas

Legislador de Perú Posible señaló que abandonar una bancada constituye una causal de vacancia porque se vulnera la voluntad popular.

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Fecha Actualización
El congresista de Perú Posible Daniel Mora planteó, mediante un proyecto de ley que sanciona el transfuguismo, que el retiro injustificado de un parlamentario de la bancada por la cual fue electo debe constituir una causal de vacancia al cargo por vulnerar la voluntad popular.

La iniciativa legislativa establece que mientras dure el proceso de vacancia contra los legisladores tránsfugas, estos no pueden formar otros grupos parlamentarios ni presidir ni integrar comisiones ordinarias o especiales.

De acuerdo al proyecto, los congresistas solo podrían separarse de una bancada por tres motivos: si el partido político por el cual fue electo sufre una fusión o fue incorporado a otro, se crea una nueva agrupación y si sufre una grave discriminación personal hacia el funcionario electo.

Esta propuesta también alcanza a regidores y consejeros regionales.

"Si no se cumplen las causales señaladas se configura un retiro de la bancada sin causa justa, lo que conlleva a la causal de vacancia que deberá dar trámite conforme la Constitución y la Ley Orgánica de Municipalidades, Regiones y reglamento del Congreso", señala el documento presentado por Daniel Mora.

Asimismo, se plantea sanciones pecuniarias para el partido, movimiento y organización que respalde el retiro injustificado de un parlamentario electo por una alianza electoral.

En este caso, se propone la aplicación de una multa equivalente a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por parte del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Sin embargo, la sanción podría llegar a la cancelación del registro de organizaciones políticas, previo procedimiento que lo establecerá el JNE, si se presentan más casos de transfuguismo que afectan a una misma agrupación.

La propuesta señala que un legislador puede renunciar a la bancada o partido desde ocho hasta cinco meses antes de la fecha del cierre de las inscripciones del proceso electoral que va a participar.