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Eliminarían procesos de conciliación
El proyecto aprobado por la Comisión de Justicia del Congreso plantea que esta exigencia sea omitida en la calificación de la acción legal de los demandantes en casos de pensión de alimentos, régimen de visitas o tenencias.
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La Comisión de Justicia del Congreso aprobó un proyecto de ley mediante el cual los demandantes de pensión de alimentos, régimen de visitas o tenencias, no tendrán que cumplir con el requisito de la conciliación extrajudicial para efectos de la calificación de su acción legal.
Esta iniciativa, que modifica el artículo 9 de la Ley Nº 26872 de Conciliación, señala que no serán sujetos a la exigencia de conciliación extrajudicial aquellas situaciones que se deriven de la relación familiar, respecto de las cuales las partes tengan libre disposición.
La legisladora Rosa Mavila, autora del proyecto, explicó que la exigencia de concurrir a un proceso de conciliación implica actualmente gasto y tiempo que, en sectores pobres, impacta negativamente en su economía.
Indicó que la propuesta no generará ningún costo al Estado y que, por el contrario, permitirá solucionar problemas a demandantes de escasos recursos.
Con la aprobación de esta modificación, se sumarán a este beneficio los procesos de ejecución, los de tercería, los procesos de prescripción adquisitiva de dominio, entre otros.
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