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Feriados 2017: Si usted trabaja uno de esos días se le deberá pagar el triple

Los feriados trabajados pueden ser compensados en cualquier momento, ya que la norma no especifica un plazo.

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Fecha Actualización
Si ustedes es un trabajador y sus ingresos son de 40 soles al día, cuando labore en un día feriado , deberá recibir el triple de su honorario normal, es decir, 120 soles.

Germán Lora, jefe del Gabinete de Asesores del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) , explicó que las personas que trabajen los feriados deben cobrar dos sueldos adicionales al pago normal que recibirían si ese día no laboran:

"Si el trabajador tiene un sueldo diario de 50, cuando vaya a laborar en un feriado deberá recibir 150 soles por esa jornada, porque tendrá derecho, además de la remuneración regular, al pago de la retribución por el trabajo realizado en ese feriado, más una sobretasa de 100%", explicó.

El asesor del MTPE sostuvo que los feriados trabajados sí pueden ser compensados en cualquier momento, pues la norma no especifica un plazo, con lo cual ya no se pagaría el triple.

Sobre los descansos semanales

Si el trabajador llegase a laborar en su día de descanso, tendrá derecho, además del pago regular, al pago de la retribución por el trabajo realizado más una sobretasa de 100%.

"El trabajador tiene derecho a un descanso mínimo de 24 horas consecutivas por semana, que serán dados de forma preferente los domingos, aunque podría ser cualquier día de la semana, según lo acordado con el empleador", señaló Germán Lora.

El día de descanso laborado puede ser compensado por el empleador, pero dentro de la misma semana, y al igual que con los feriados, ya no se pagaría el triple.

"Los descansos semanales, los feriados y las vacaciones son beneficios físicos, no económicos. Es decir, el beneficio solo es el descanso, ya que la remuneración sigue siendo la misma", sostuvo.

Sin embargo, cuando este derecho no se goza de forma oportuna, sí se convierte en un derecho económico y se genera la obligación de un pago adicional.

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