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Gobierno publica ley que promueve la entrega gratuita de productos de gestión menstrual
El Ejecutivo publicó la Ley 31148 que recomienda promover y garantizar el manejo de la higiene menstrual de niñas, adolescentes y mujeres vulnerables. Además, la norma promueve el acceso universal, gratuito, igualitario y progresivo a los productos de gestión menstrual como insumos básicos y de primera necesidad para el citado grupo.
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El Ejecutivo publicó la Ley 31148 que recomienda promover y garantizar el manejo de la higiene menstrual de niñas, adolescentes y mujeres vulnerables. Además, la norma promueve el acceso universal, gratuito, igualitario y progresivo a los productos de gestión menstrual como insumos básicos y de primera necesidad para el citado grupo.
La norma, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, precisa como disposiciones complementarias que se realice la supervisión de la producción de los insumos, a través de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid), a fin de que reciban la aprobación de “calidad, seguridad y eficacia”.
Asimismo, señala que el Ministerio de Salud (Minsa) en coordinación con el Ministerio de Educación (Minedu) establecerá las directrices para abordar los temas de la gestión e higiene menstrual así como desarrollar proyectos de sensibilización para concientizar sobre la importancia de la higiene menstrual para una vida saludable en las niñas, adolescentes y mujeres en las instituciones de la educación básica regular, especial, superior y superior universitaria de forma transversal. Además, de realizar actividades sobre la naturalización de la menstruación, teniendo en cuenta las condiciones particulares de edad, condición económica, religión y cultura.
“La Digemid supervisará el material con el que están elaborados los productos de higiene íntima femenina donde sus insumos o concentración, deberán ser aceptados en la práctica médica, comprobando su calidad, seguridad y eficacia, así como el periodo en que permanecen en el organismo, considerándose periodos menores a doce horas, entre doce y menos de treinta días, y más de treinta días”, indica.
También dispone que el Minsa queda facultado para crear el Observatorio de Gestión Menstrual para promover la generación de información, datos y estadística para fines de carácter científico y para el desarrollo de políticas públicas a fin de garantizar la reducción de desigualdad en su acceso.
Finalmente, la norma solicita la declaratoria de intereses nacional con el objetivo de “garantizar su participación en la vida social”.
A inicios de marzo, el pleno del Congreso aprobó por mayoría (95 votos a favor y 4 abstenciones), el proyecto de ley 5797. La congresista Arlette Contreras (no agrupada) presentó esta iniciativa legislativa en julio de 2020.
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