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No hubo ejecuciones extrajudiciales en Chavín de Huántar según informes
Revelan dos informes periciales que respaldan la posición del Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso del operativo de abril de 1997.
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Dos informes periciales solicitados por la Procuraduría del Ministerio de Defensa, que servirán para respaldar la posición del Perú ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, revelan de que el emerretista Eduardo Cruz Sánchez, 'Tito', no fue ejecutado extrajudicialmente durante el operativo Chavín de Huántar de abril de 1997.
El dictamen pericial de restos de disparo por arma de fuego señala que las balas que acabaron con la vida de 'Tito' no se dispararon a corta distancia, ya que "no se encontraron restos de plomo, antimonio y bario", se lee en las conclusiones del documento que difundió RPP.
Por su parte, el dictamen pericial de medicina forense de la Policía Nacional comprueba que Cruz Sánchez llevaba una granada en la mano al momento de su muerte, señal de que el subversivo no se rindió e intentó responder el ataque. También se indica que el disparo que lo mató fue a larga distancia, entre 8 a 10 metros.
Ambos informes serán tomados en cuenta al momento de armar la defensa del Estado ante la Corte-IDH. El procurador del Ministerio de Defensa, Gustavo Adrianzén Olaya, dijo que esto confirma que no se ejecutó de manera ilegal al emerretista. "El delincuente terrorista 'Tito' hizo disparos, lo que significa de manera contundente que participó en el combate, lo que descarta que se haya rendido", refirió.
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