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Ley de cáncer infantil: otorgarán licencia con sueldo por un año a trabajador a cargo de menor con cáncer

La Ley de Cáncer Infantil cuyo objetivo principal es disminuir la tasa de diagnóstico tardío, así como el abandono del tratamiento y fallecimientos por cáncer en niños, fue publicada hoy en el diario El Peruano.

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Fecha Actualización
La Ley de Cáncer Infantil cuyo objetivo principal es disminuir la tasa de diagnóstico tardío, así como el abandono del tratamiento y fallecimientos por cáncer en niños, fue publicada hoy en el diario El Peruano.
La norma modifica la ley que regula el derecho del trabajador de la actividad pública y privada a gozar de licencia en los casos de tener un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente.
En ese sentido, establece de manera excepcional y única, el derecho de obtener una licencia con goce de haber hasta por un año, cuando el trabajador tenga a su cargo a un hijo, niño o adolescente menor de 18 años, diagnosticado con cáncer por el médico especialista.
La Ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral del cáncer del niño y del adolescente detalla, que el pago por los primeros 21 días de licencia será cubierto por el empleador y el tiempo restante por el Seguro Social de Salud (EsSalud).
Asimismo, la norma ahora incluye al trabajador que tenga a una persona bajo su curatela o tutela, que es enfermo diagnosticado en estado grave o terminal, o que sufra accidente que ponga en serio riesgo su vida, con el objeto de asistirlo.
Por ello, la licencia con goce de haber por siete días en caso de enfermedad grave o terminal o por accidente grave que es otorgada a trabajadores con familiares directos por el plazo máximo de siete días calendario, y también a los tutores o curadores.
Telesalud
También se modificó la ley Marco de Telesalud declarando de interés nacional la incorporación de este proceso que permite la prestación de servicios de salud a distancia en el sistema y de prioridad en su implementación a los pacientes con cáncer.
Asimismo, se declara de interés y necesidad pública la implementación de las sedes macrorregionales del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (Inen) en concordancia al denominado Plan Esperanza, en las regiones de Áncash, Apurímac, Loreto, Lambayeque, Cajamarca, Cusco, Puno, San Martín y otras regiones.
También se declara de interés y necesidad pública la construcción de infraestructura para los servicios de pediatría en el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN).
El último martes, el presidente de la República, Martín Vizcarra, promulgó la ley de urgencia médica para la detección oportuna y atención integral de cáncer en niños y adolescentes. El Pleno del Congreso aprobó por mayoría el pasado 31 de julio la ley, una propuesta legislativa que fue debatida en la comisión de Salud y que reúne seis iniciativas legales de las bancadas sobre el cáncer infantil.
“Cómo no respaldar, firmar y promulgar esta ley para la detección oportuna del cáncer del niño, niña y adolescente. Mañana (miércoles) será promulgada y esperemos que la implementación se dé en plazos breves”, señaló en conferencia virtual de prensa desde Palacio de Gobierno.
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