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Morales Bermúdez no será extraditado
Por unanimidad, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró improcedente solicitud de la justicia argentina contra el exmandatario, por los delitos de tortura, asociación ilícita y secuestro en el marco del ‘Plan Cóndor’.
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La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró improcedente, por unanimidad, la solicitud de extradición pasiva del expresidente Francisco Morales Bermúdez, que formulara la justicia de Argentina por los delitos de tortura, asociación ilícita y secuestro.
El Tribunal Supremo desestimó el pedido pues los delitos de tortura y asociación ilícita no cumplen con el principio de doble incriminación, por cuanto no se encontraban vigentes en la legislación peruana al momento en que ocurrieron. Además, señala que no se anexó el caudal probatorio idóneo que sustente dichas imputaciones.
También se concluye que no existe impedimento para que las autoridades competentes de nuestro país puedan realizar y asumir la investigación sobre las acciones atribuidas al exmandatario y, de ser el caso, juzgarlo por el delito de secuestro.
En ese contexto, dispuso remitir al Ministerio Público las copias certificadas del cuaderno de extradición a efectos de que proceda de acuerdo con sus atribuciones.
Las autoridades argentina requerían a Morales Bermúdez, presidente de facto entre 1975 y 1980, por ordenar en 1968 la detención y posterior deportación a Argentina de 13 ciudadanos peruanos opositores a su régimen, como parte del denominado 'Plan Cóndor'.
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