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Municipalidad de Lima impondrá multa de S/ 3,950 a responsables de ruidos molestos
Se sancionarán las práctica indiscriminada de bocinas, parlantes, megáfonos, equipos de sonido, silbatos, productos pirotécnicos y campanas.
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Este jueves se publicó en el diario El Peruano una ordenanza municipal para la prevención y control de la contaminación sonora que sancionará con una multa de S/3 950 los ruidos molestos que excedan los niveles permitidos en Lima.
Otra de las sanciones que establece la norma es la paralización o clausura por tres días del establecimiento que provoca esta contaminación sonora o que no cuente con un sistema de acondicionamiento acústico que impida la salida del ruido.
El objetivo de esta normativa es prevenir y controlar las emisiones de ruido que impliquen molestia, riesgo o daño para las personas, para el desarrollo de sus actividades o que causen efectos negativos en el medio ambiente.
Por ello, tanto la misma Municipalidad de Lima, los municipios distritales, centros comerciales, transporte público y las personas naturales o jurídicas se encuentran en la obligación de cumplir la ordenanza.
Entre las prohibiciones establecidas en el artículo 24 de la norma destacan las práctica indiscriminada de parlantes, megáfonos, equipos de sonido, silbatos, productos pirotécnicos y campanas. Además del uso innecesario de bocinas y exceso de bulla en eventos públicos o privados.
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