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¿Cuándo fue que elegimos una Asamblea Constituyente?
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El Legislativo no da tregua, está imparable, de pronto pasó de ser un Congreso ordinario a una Asamblea Constituyente, porque esa es la apariencia que vienen dando. Es tal el aluvión de artículos modificados de la Constitución del 93, que bien podríamos referirnos a ella como la Constitución Reformada, sin que haya mediado la elección de delegados asambleístas y las materias a reformarse. La doctrina nos enseña que nuestra carta magna es rígida y no flexible como en otros países, en cuanto a su modificación, garantía de reglas claras de juego, el GPS de los derechos y obligaciones de nuestra convivencia en democracia.
El espíritu del constituyente, allá por 1993, fue que nuestra Constitución gozase de sostenibilidad en el tiempo, dotarle de permanencia, darle a la ciudadanía y a los inversionistas predictibilidad del ordenamiento jurídico, para ello impuso procedimientos exigentes para proceder a las reformas, fijó votaciones con mayoría absoluta del número legal de congresistas, referéndums para ratificar los cambios o, en su defecto, votos favorables mayores a los dos tercios en dos legislaturas ordinarias sucesivas, obligando a mantener la concertación de fuerzas con ese objetivo en un Parlamento atomizado.
Es indignante tener que enterarnos por los titulares de las noticias de la lluvia de modificaciones en el Legislativo, varias que favorecen a la clase política que lo integra, asegurándose entre las primeras, cual si fuera un tema de Estado o de sitio, la reelección inmediata de congresistas, con efectividad inmediata, ¿legislar a favor propio?
De la Constitución Reformada hay mucho que analizar, pero deseo dejar sentada mi posición, mi opinión y es que me parece un despropósito se ponga en peligro la independencia del Sistema Electoral peruano, contraviniendo la autonomía de la designación y desempeño de sus titulares, ya que su nombramiento pasaría a depender del Senado, ¿qué más politizado que esto?
Por justicia y tradición, nuestra democracia ha buscado que los entes electorales sean libres de toda presión e influencia política, a fin de garantizar el voto popular, la legitimidad del resultado de las ánforas, la transparencia de los resultados y la imparcialidad, en su caso, de administrar justicia en materia electoral. Por ahora son el Reniec y la ONPE, más tarde será el JNE. Es inconcebible que un Poder del Estado que se somete para su conformación a procesos eleccionarios, elija a quien va a dirigir tal proceso y proclamar ganadores, reservándose la facultad de defenestrarlos. ¿El dueño de la pelota escogiendo al árbitro del partido?
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