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Desalojando viudas

Ojalá algún día los congresistas entiendan cuánto dañan a los grupos a los que pretenden proteger.

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Fecha Actualización
En España se hizo una encuesta a un grupo de jueces. Tenían que decidir un caso hipotético. Una viuda con seis hijos estaba a punto de ser lanzada por no pagar la renta del alquiler. Había que firmar la sentencia que decretaba su desalojo.
Pero el juez puede usar un artilugio procesal para declarar la nulidad del juicio. Con ello, la viuda permanecería un año más en su casa. ¿Usaría el artilugio para evitar dejar a la viuda y a sus hijos en la calle?
La mayoría de jueces dijeron que declararían la nulidad. Decían que sería justo para proteger a la parte débil.
Pero un juez dijo que no lo haría. Preguntado sobre el porqué de su decisión, dijo: “Para proteger a las viudas”.
El encuestador, intrigado, no entendía la respuesta. “¿Cómo así va a proteger a las viudas lanzándolas a la calle?”. El juez contestó: “Si las personas reciben el mensaje de que los jueces protegen a las viudas con hijos solo por ser tales, entonces nadie les va a alquilar casas a las viudas”. Habrá más viudas en la calle.
Es muy común que el legislador crea que su función es “proteger viudas” (o a otros grupos que consideran que merecen protección), sin entender que al hacerlo, en realidad, están perjudicando no solo a quien tiene un derecho contra el integrante de ese grupo, sino al grupo mismo.
Como lo demuestra el caso de Venezuela, el populismo, que en discurso busca beneficiar a los supuestamente desprotegidos, termina perjudicándolos y dejándolos sin derechos.
El fujimorismo, a través del congresista Octavio Salazar, muestra el mismo poco entendimiento que ha llevado a Maduro a destruir la institucionalidad necesaria para el desarrollo. Ha presentado un proyecto de ley para que los bancos se vean forzados a desarrollar un programa que les brinden facilidades de pago por tres años, cambien plazos, tasas e incluso plazos de gracia a los llamados “sobreendeudados”.
Al margen de que ese proyecto es claramente inconstitucional pues, de acuerdo al artículo 62 de la Constitución, una ley no puede modificar los contratos, perjudica precisamente a los deudores, y sobre todo a los que quieren pagar puntualmente.
Los costos de “refinanciar” forzosamente se van a convertir en condiciones más duras para obtener créditos y en aumentos de las tasas de interés de los que sí pagan. Y es que, como las viudas, los deudores que sí pagan (o que sí podrían pagar) reciben los costos de los morosos.
Y, además, se crea un círculo vicioso tan común en el Perú: ¿para qué pagar mis deudas si los premios los da el Congreso a los morosos y no a los puntuales? Mejor me “sobreendeudo” y luego espero que me llueva el beneficio. Esas populistadas destruyen la confianza en el crédito y lo alejan de quien más lo necesita.