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Pensiones: una reforma mediocre
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El jueves pasado el Pleno del Congreso aprobó en segunda votación una reforma previsional que se ha venido discutiendo durante varios años. La ley se aprobó entre gritos y quejas en una sesión en que participaron menos de la mitad de congresistas, demostrando su desinterés en una reforma tan importante. Votaron a favor 38, en contra 10 y se abstuvieron 16. Algunos consideran que la votación fue fraudulenta porque no se respetó el reglamento del Congreso y se contabilizó votos de congresistas que no estaban presentes en una sesión presencial.
Entre los aspectos positivos, se permite mayor competencia en la administración de fondos (aunque no queda claro si realmente se materializará), se introduce una pensión mínima para el SPP igual que en el SNP (con aportes de 10, 15 y 20 años), se prohíben nuevos retiros extraordinarios de fondos y se obliga a los independientes a aportar con aumentos progresivos (aunque en porcentajes bastante menores del ingreso). No le doy vida larga a esta obligación de aportar, ya que es probable que ocurra como la vez anterior, cuando se aprobó algo similar y se terminó derogando. La ley también estableció una “pensión de consumo” financiada con el aporte del 1% de las compras anuales que realiza el afiliado con un tope de 8 UIT (S/41,200), siempre que las boletas no superen los 700 soles, que iría a su cuenta individual para complementar su pensión. Es una propuesta complicada de implementar, no va a generar muchos ahorros, es regresiva y tendrá un alto costo fiscal, por lo que terminará beneficiando a quienes no lo necesitan.
En el lado negativo, la ley no eliminó la posibilidad del retiro del 95.5% del fondo al momento de jubilarse para todo el universo de aportantes, sino solo para los menores de 40 años a partir de su vigencia. Esto implica que la llamada ley 95.5% se mantendrá vigente hasta 2049 cuando todos los actuales afiliados mayores de 40 años se jubilen, dejando la puerta abierta durante 25 años para que alrededor de 4 millones de personas adicionales se jubilen sin pensión. Esto es un verdadero disparate si lo que se busca es un mayor número de pensionados. La afiliación automática a la ONP a los 18 años si previamente no optaron por inscribirse en el SPP también es negativa: debió ser al revés. También es malo que la ley establezca que cuando un jubilado va a requerir recursos estatales para complementar una pensión mínima, su fondo se transfiera a la ONP que se encargará de pagar la pensión, cuando lo deben hacer las AFP o las empresas de seguro.
Por último, la ley se aprobó sin mayor análisis sobre su costo fiscal en el corto y largo plazo, algo preocupante en el contexto actual en que el país requiere un mayor control de los déficits fiscales para proteger nuestra calificación de grado de inversión. Habría sido mejor que esta reforma no se apruebe, ya que contiene una serie de vacíos e imprecisiones al no considerar las recomendaciones de los entes especializados como la SBS, el BCR, el MEF y la OECD; y de los especialistas en la materia.
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