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Uso obligatorio de protector facial para el tránsito peatonal y actividades laborales en Cusco

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Fecha Actualización
El Gobierno Regional de Cusco dispuso mediante la Ordenanza Regional Nº 179-2020-CR/GR el uso obligatorio de protector facial, además de la mascarilla reglamentaria, a fin de frenar el contagio del coronavirus en medio de la llamada segunda ola de COVID-19.
La normativa se estableció en la décima primera sesión ordinaria del Consejo Regional de Cusco, en noviembre del año pasado, cuando se debatió y votó a favor del uso obligatorio de escudos faciales, ahora, más de dos meses después la ordenanza se hace efectiva tras su publicación en el diario oficial El Peruano.
“Se dispone el uso obligatorio de escudos y/o protectores faciales, en la circulación, concentración y el tránsito peatonal, así como para la prestación de servicios, ejecución de actividades laborales y atención al público en general, dentro de las instituciones públicas y privadas del territorio de la región Cusco”, señala textualmente la norma.
En el artículo segundo de la citada ordenanza, se establece que los gobiernos locales y demás entidades públicas y privadas de la región Cusco, deben implementar y/o ejecutar, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, las acciones inmediatas y necesarias para asegurar el cumplimiento a los dispuesto en la nueva norma mientras dure el estado de emergencia a consecuencia del COVID-19.
También refiere que la presente ordenanza tendrá efecto dentro de las trece provincias que conforman la región Cusco, por lo que todos los ciudadanos están en la obligación de aceptar y poner en práctica el uso de elementos de bioseguridad de manera forzosa.
DATO
- Según la Sala Situacional COVID-19 de Cusco, en la Región Imperial se tiene un total de 198 fallecidos en lo que va del año, lo que representa una tasa de letalidad de 2.97% y de mortalidad de 1.46 por cada 10 mil habitantes.
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