/getHTML/media/1245491
Roger Valencia sobre APEC 2024: "Podemos explotar las oportunidades que tiene el Perú"
/getHTML/media/1245488
Sandro Marcone: "Decretaron clases virtuales sin estar en una emergencia"
/getHTML/media/1245485
Embajador Ferrero: "APEC es una oportunidad para el sector minero y agroindustrial"
/getHTML/media/1245282
Jesús Salazar: “En Perú el desarrollo es por la parte industrial" en Ynnovadores
/getHTML/media/1245269
¿APEC 2024 traerá competencia de inversiones de Estados Unidos y China?
/getHTML/media/1245265
Gobernador de Huánuco: "Necesitamos la declaratoria de emergencia"
/getHTML/media/1245237
Gerente de Marketing de Gloria habla del primer parque temático de lácteos del Perú: Mundo Gloria
/getHTML/media/1245109
Víctor Gobitz de la SNMPE: "Petroperú necesita perfiles frescos"
/getHTML/media/1245106
Romy Chang: "Martín Vizcarra está en un gran problema"
/getHTML/media/1245095
Guillermo Shinno: "Le toca al Ejecutivo corregir el Reinfo"
/getHTML/media/1245059
Ministra Desilú León: "La realización de APEC impacta en el crecimiento de nuestras exportaciones"
/getHTML/media/1245057
¿Hay más hinchas de su club que de la Selección Peruana? en Ciudadanos & Consumidores
/getHTML/media/1245063
José García Belaunde: “La derecha peruana debería tomar con más cautela el triunfo de Donald Trump”
/getHTML/media/1244702
Encuentro de reforma política y electoral para un Parlamento Bicameral
/getHTML/media/1244708
José Luis Noriega: "Todo el directorio de la FPF debe renovarse"
/getHTML/media/1244691
Anthony Laub sobre nuevo directorio de Petroperú: "Mejor hubieran liquidado la empresa"
/getHTML/media/1244471
Investigación científica, un tema clave para el desarrollo
/getHTML/media/1244482
Embajador Eduardo Ponce analiza elección de Donald Trump como presidente de Estados Unidos
/getHTML/media/1244370
Ariel Segal: "Fue un error ocultar que Biden no iba a ser candidato"
/getHTML/media/1244368
Diana Gonzales: "El Reinfo es un fracaso"
PUBLICIDAD

Feriados por Fiestas Patrias: qué días serán y cuánto le pagarán

Aniversario patrio | Trabajadores que laboren durante esos días podrán recibir hasta triple remuneración, según el acuerdo al que lleguen con su empleador.

Imagen
Fecha Actualización
A diferencia de lo que sucedió el año pasado, cuando se declaró el 29 de julio como día laborable para apoyar la reactivación económica del país, este año, los días 28 y 29 de julio conservarán su categoría de feriados nacionales.
Y, tal como lo regula el Decreto Legislativo N° 713 (08-11-1991) y su reglamento (Decreto Supremo N° 012-92-TR), los días miércoles 28 y jueves 29 de julio serán días no laborables para los trabajadores públicos y privados.
¿CUÁNTO ME PAGARÁN SI TRABAJO?
Pero, ¿qué pasará con los trabajadores que cumplan con su jornada laboral diaria durante ambos días? Según el artículo 8 del D.L. N° 713, los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo.
Mientras que el artículo 9 dispone que en caso el trabajador labore en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día, tendrá derecho al pago de la remuneración diaria más una sobretasa del 100%.
En ese sentido, si el trabajador labora los días 28 y 29 de julio, sin descanso sustitutorio, percibirá: (i) una remuneración diaria por el feriado, (ii) una segunda remuneración por el trabajo realizado y (iii) una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado, siempre que no tenga descanso sustitutorio en otro día.
CASO PRÁCTICO
Tomando en cuenta estas pautas, ¿qué pasará en el caso de un trabajador que –por ejemplo– percibe una remuneración diaria de S/45.00?
Bajo los tres supuestos, si el trabajador no trabaja ninguno de los dos días considerados como feriado, percibirá por cada día S/45.00 porque a pesar de ser un día no laborable, “dicho feriado es remunerado, sin la obligación de prestar servicios al empleador”, aclaran en la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
En el caso de los trabajadores que acuerden laborar en dicho feriado, con descanso sustitutorio en otro día posterior, percibirán una doble remuneración diaria, una por el feriado y otra por el trabajo realizado. Es decir, a su remuneración mensual deberán sumarle S/45.00 adicionales por cada día laborado.
Pero, si los trabajadores del sector privado acuerdan con sus empleadores trabajar en feriado sin descanso sustitutorio posterior, percibirán por cada feriado triple remuneración diaria. ¿Cómo? Una por el feriado, otra por el trabajo realizado y un tercer pago por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.
TRABAJO REMOTO
En el caso de los trabajadores que vienen laborando bajo la modalidad de trabajo remoto, se aplicará los mismos supuestos.
Si no trabajado los dos días feriados (28 y 29 de julio) tendrá derecho a percibir su remuneración sin trabajar; pero si acuerda con su empleador que va a trabajar en dicho feriado, recibirá doble remuneración si opta por un descanso sustitutorio en otro día posterior. Y, en caso no tenga descanso sustitutorio, tendrá derecho al pago triple de su remuneración diaria.
¿QUÉ PASARÁ EL 30 DE JULIO?
A pesar de que el Gobierno ha dictado las normas que regirán el 28 y 29 de julio en medio del estado de emergencia sanitaria por la epidemia del COVID-19, hasta la fecha, el viernes 30 de julio no ha sido declarado como día no laborable, a pesar del pedido que ha hecho la Asociación de Hoteles, Restaurantes y afines (Ahora Perú) para impulsar la reactivación de este sector.
¿FERIADO O DÍA NO LABORABLE?
Pero, ¿en qué se diferencia un día feriado de un día declarado como no laborable? Los feriados oficiales son días de descanso que rigen tanto para los trabajadores del sector público como del sector privado y no afectan su remuneración. Incluso, algunos trabajadores reciben una triple remuneración por ese día laborado.
Pero, los días no laborables son declarados por el gobierno. En el caso del trabajador del sector público, se deben compensar las horas no trabajadas; mientras que el trabajador del sector privado puede acatarlo de manera opcional, según acuerdo entre empleadores y trabajadores.