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Cercado de Lima: Investigan a policías por ingerir bebidas alcohólicas en comisaría

La Fiscalía Militar Policial ha dispuesta la realización de las diligencias preliminares para determinar responsabilidades. Implicados podrían ser sancionados por delitos de violación de consigna y desobediencia.

Imagen
Fecha Actualización
Este lunes 25 de diciembre, la Fiscalía Militar Policial N° 13 a cargo del Comandante PNP (R) Wilfredo Munayco Marcos, informó que se inició una investigación en contra de efectivos policiales que habrían estado bebiendo licor en una comisaría en Cercado de Lima mientras estaban en servicio.
Los hechos ocurrieron la madrugada de este 25 de diciembre, en la Comisaría de San Andrés; en circunstancias que los efectivos fueron encontrados en horas de servicio, ingiriendo bebidas alcohólicas en uno de los ambientes de la sede policial.
El Fiscal Militar Policial Wilfredo Munayco, viene tomando las declaraciones a los presuntos implicados y ha dispuesto se realicen las diligencias preliminares y pericias con la finalidad de identificar plenamente a los responsables.
De comprobarse los hechos materia de investigación, los policías implicados serían autores de delitos de Violación de Consigna y Desobediencia, constituyendo una sería afectación al servicio de seguridad, integridad institucional y disciplina policial.

DATOS
Código Penal Militar Policial
Artículo 99.- Violación de consigna
El militar o el policía que cumpliendo funciones de centinela o vigía, o designado para cubrir algún servicio de seguridad, viola sus obligaciones o la consigna recibida, o se embriaga durante el servicio, siempre que atente contra el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y sesenta a noventa días multa.

Artículo 117.- Delito de desobediencia
El militar o el policía que omite intencionalmente las disposiciones contenidas en las leyes, reglamentos o cualquier otro documento que norma las funciones de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, siempre que atente contra el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cinco años.

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