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Maltrato animal: ¿Cuál es la pena de cárcel para agresores y asesinos, según la ley 30407?
La Ley de Protección y Bienestar Animal está vigente desde enero del 2016 y cualquier persona, natural o jurídica, puede denunciar casos de maltrato y crueldad.
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Para empezar, esta normativa está vigente desde el 2016 y alcanza al cuidado y respeto de todos los animales vertebrados, tanto domésticos como silvestres. En caso de crueldad y abandono contra alguno, el artículo 206-A explica las sanciones correspondientes:
Si el animal sobrevive: Pena de cárcel de hasta 3 años, 100 a 180 días-multa y quitarle la tenencia del animal (definitiva o temporal)Si el animal muere: Pena de cárcel de 3 a 5 años, 150 a 360 días-multa y declarar su incapacidad definitiva para la tenencia de animales.
El importe del día-multa corresponde al ingreso promedio diario del condenado y el juez lo determina atendiendo a su patrimonio, remuneraciones, nivel de gasto, entre otras cuestiones de riqueza.
Por otro lado, la ley considera como maltrato: abandonarlo en la vía pública, utilizarlo en espectáculos o entretenimientos (en público o privado), comercializarlo y atentar contra su vida.
No obstante, la ley exime las corridas y peleas de toro, las peleas de gallo y los espectáculos declarados de carácter cultural por la autoridad competente.
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