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Miembro de mesa: conoce las funciones de cada uno de los integrantes para las Elecciones 2020

Más de 24.7 millones de peruanos están convocados a las urnas para este 26 de enero a fin de elegir a los 130 miembros del parlamento en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 los peruanos elegirán. Este proceso se realiza tras la disolución del anterior Congreso dispuesto por el presidente Martín Vizcarra el pasado 30 de setiembre.

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Fecha Actualización
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realizó el pasado 11 diciembre los sorteos para elegir a los miembros de mesa de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, que se desarrollarán este domingo 26 de enero.
Hoy 24.799.384 peruanos elegirán a los integrantes del nuevo Parlamento que completará el periodo legislativo que actualmente lidera la Comisión Permanente. Este proceso se realiza tras la disolución del anterior Congreso dispuesto por el presidente Martín Vizcarra el pasado 30 de setiembre.
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Consulta AQUÍ si fuiste elegido miembro de mesa o ingresa a la página web de la ONPE. Solo debes poner tu número de DNI para saber en qué lugar te toca votar y cuál es el número de tu mesa de sufragio.
En el caso que hayas sido elegido miembro de mesa para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, la página web de la ONPE te mostrará qué cargo ejercerás durante esta jornada cívica en la que se instalarán más de 84 mil mesas de sufragio.
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FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE MESA:
Los miembros de mesa, tanto titulares como suplentes, están obligados a acudir a las 7:30 a.m. horas al local de votación para instalar las mesas de sufragio.
El presidente de mesa es la persona que asume la representación de la mesa y la conducción de los actos principales. Es la autoridad encargada de velar por el desarrollo correcto de la acción de sufragar.
Por su parte, el secretario y tercer miembro tienen la obligación de permanecer junto al presidente, apoyando las tareas de los tres momentos principales que toda elección trae consigo: instalación de la mesa, el sufragio y el escrutinio.
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Además de los tres miembros de mesa, existen los miembros suplentes. Estos son los reemplazos de los miembros de mesa titulares y tienen la obligación de acudir a las mesas de votación designadas para ejercer su función durante las elecciones en caso algún miembro titular no se hubiese presentado.
Según la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), si el presidente no asiste, el secretario asume la presidencia y el tercer miembro asume la función del secretario, mientras que el primer suplente asume el papel del tercer miembro.
La instalación empieza cuando se completa la mesa con los cargos: presidente, secretario y tercer miembro. Desde ese momento, deberán recibir el material electoral de la ONPE y realizar lo siguiente:
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PRESIDENTE:
Asumir la representación y la conducción de la instalación de la mesa de sufragio.Recibir el material electoral que entrega el personal de la ONPE.Abre y contabiliza la cartilla de hologramas en presencia del personal de la ONPE (la cantidad de hologramas es igual al número de electores de la mesa de sufragio).Firma las cédulas de sufragio.En las actas electorales debe anotar la hora de instalación de la mesa y los incidentes ocurridos.En la lista de electores que no votaron, escribir que al costado “no votó”.Contabilizar los ciudadanos que votaron y los que no sufragaron.
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SECRETARIO Y TERCER MIEMBRO DE MESA:
Apoyar en las tareas de instalación de la mesa, el sufragio y el escrutinio.Revisar la conformidad del material recibido por el presidente, de acuerdo a la lista señalada, tales como el tampón para la huella, lapiceros, cintas adhesivas para pegar la relación de los electores.Pegar la relación de los electores al ingreso del aula de votación.Es importante señalar que el cargo de miembro de mesa es irrenunciable, a menos que quien haya salido elegido tenga un notorio o grave impedimento físico o mental, la necesidad de ausentarse del país, o ser mayor de 70 años, informó la ONPE.Si se da alguno de estos dos casos, el ciudadano deberá presentar una excusa al cargo, que puede ser tramitada hasta cinco días después de la publicación oficial de la relación de miembros de mesa.
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MULTAS PARA LOS MIEMBROS DE MESA
Los miembros de mesa, titulares y suplentes que no cumplan con su deber cívico electoral recibirán una multa única de S/210.
El mismo monto se aplicará a los electores que se nieguen a integrar las mesas de sufragio en reemplazo de los miembros de mesa ausentes.
Si un miembro de mesa, titular o suplente no acude a cumplir su deber cívico y tampoco sufraga en las Elecciones 2020 se le impondrá la multa de S/210 y la que le corresponde en función a la clasificación del lugar donde reside.