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Estas son las obligaciones que deben cumplir los colegios privados para el retorno a clases con 100% de aforo

A partir del 01 de mayo, el distanciamiento físico ya no es aplicable en los colegios del país.

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Fecha Actualización
A partir del 01 de mayo, el distanciamiento físico ya no es aplicable en los colegios del país, por tanto, los alumnos podrán retornar a las aulas con un aforo al 100%. En ese contexto, el Indecopi exhortó a los directivos y maestros respetar todas las disposiciones del gobierno para poder garantizar el bienestar y la buena salud de los estudiantes, y evitar la propagación de la Covid-19.
Los colegios privados deberán brindar a los padres de familia toda la información sobre las nuevas condiciones del servicio educativo presencial de manera clara y mantener activos sus canales de comunicación para resolver consultas y dudas al respecto.
? Las aulas deberán tener una ventilación natural adecuada. Se debe mantener las ventanas y puertas abiertas para asegurar la circulación del aire.
? El mobiliario deberá estar organizado de tal manera que los estudiantes, docentes y personal administrativo puedan desarrollar sus actividades adecuadamente.
? El local educativo debe encontrarse señalizado a fin de asegurar el uso correcto de mascarillas y el lavado o desinfección de manos.
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? El colegio debe contar con estaciones de lavado o desinfección de manos, ubicados cerca de la puerta de ingreso, en un espacio abierto acorde con las condiciones de la institución educativa. La desinfección debe realizarse con un dispensador de alcohol en gel o líquido al 70% de concentración.
? Los estudiantes consumirán los alimentos de su refrigerio o lonchera, o los que adquieran en la cafetería o comedor escolar, para lo cual se debe mantener la higiene respiratoria, no compartir los alimentos o utensilios, lavarse o desinfectarse las manos antes de consumir los alimentos, retirarse la mascarilla y guardarla durante el consumo de alimentos, colocársela nuevamente al culminar y lavarse nuevamente las manos.
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? Mientras dure el estado de Emergencia Sanitaria, se suspenden los desfiles escolares, actuaciones y formaciones. Salvo actividades que promuevan el deporte y el soporte socioemocional para los estudiantes.
? Si se identifica un caso sospechoso o confirmado de Covid-19 los estudiantes y docentes del aula en la que se identificó el caso deberán realizar cuarentena por el periodo establecido por el Ministerio de Salud, así como las personas que hayan estado en contacto con el caso sospechoso o confirmado de Covid-19.
Es importante recordar que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del Decreto Supremo N.º 041-2022-PCM, señala que, toda persona que asista a instituciones públicas y privadas, debe acreditar haber recibido las tres (3) dosis de vacunación contra la Covid-19, en ese sentido, los maestros y personal administrativo de los colegios privados también deberán cumplir con esta disposición.
El Indecopi insta a los padres de familia a mantenerse vigilantes del cumplimiento de sus derechos como usuarios del servicio educativo privado y recuerda que ante cualquier situación que vulnere sus derechos como consumidores, pueden presentar su reclamo o denuncia a través de sus canales de atención.
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