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Terrorismo urbano será sancionado con penas de 23 y 30 años de prisión | ¿De qué se trata?
Comisión de Justicia aprobó incorporar esta figura en el Código Penal. Falta el debate en el Pleno.
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La lucha contra la criminalidad es un dolor de cabeza en el país. A diario se suscitan acciones de sicariato, extorsión, tráfico ilícito de drogas, etc, generando temor y zozobra en la población. Ya nadie puede caminar tranquilo.
En ese marco, la Comisión de Justicia del Congreso aprobó el dictamen que propone incorporar en el Código Penal, los delitos de terrorismo urbano.
La propuesta plantea la incorporación del Capítulo II, Terrorismo Urbano, en el Título XIV del Libro Segundo del Código Penal, Decreto Legislativo 635, que comprende los artículos 318-A y 318- B.
Es decir, que comprende a aquellos que cometen delitos de homicidio calificado, sicariato,extorsión, lesiones graves, trata de personas, delitos informáticos, entre otros, generando zozobra en la población con la finalidad de obtener ventaja o beneficio económico.
Los autores de estos delitos serán reprimidos con pena privativa de libertad no menor a 23 ni mayor a 30 años con 365 días multa.
Si el agente empleara armamentos, o artefactos explosivos, la pena será no menor de 30 años. La misma pena se aplicará si usa armas, municiones o explosivos que pertenezcan a las Fuerzas Armadas o a la Policía Nacional del Perú.
“Si el agente comete terrorismo urbano desde el interior de un establecimiento penitenciario, donde se encuentra privado de su libertad, si utiliza a menores de edad u otros inimputables para su comisión, actúa con gran crueldad (…) o si la víctima es un funcionario comprendido en el artículo 99 de la Constitución Política del Perú o miembro de la Policía Nacional, de las Fuerzas Armadas, magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público o miembro del Tribunal Constitucional o cualquier autoridad elegida por mandato popular”, se indica en la iniciativa.
El dictamen será puesto a debate en el Pleno del Legislativo que se realizará este sábado.
El problema es la ausencia del Estado
El jurista Luis Lamas Puccio explicó que el terrorismo urbano son las diferentes actividades criminales que tienen por finalidad generar una situación de zozobra, inseguridad y desconcierto con el objetivo de fortalecer determinadas actividades como secuestro sicariato o tráfico ilícito de drogas.
“No es un problema jurídico legal, es la ausencia de una política de Estado y de alguien que lidere los esfuerzos del Estado en la lucha contra el crimen”, señaló a este diario.
“No creo que este nuevo marco legal disuada a los terroristas urbanos. Aquí hay que fortalecer la labor policial, proporcionarle el apoyo logístico para impedir que estos hechos se susciten”, remarcó.
Lamas Puccio consideró que no se puede estar modificando “a cada rato” la legislación vigente. “Habrá que esperar cuando se ponga en práctica. Una cosa es lo que dice la ley y otra lo que sucede en la realidad”, anotó.
Advirtió que la mayoría de delitos que comprende el terrorismo urbano ya están tipificados en la legislación actual. “Poco o nada vale aplicar penas severas cuando ya se generó el terror”, remarcó.
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