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Aldo Vásquez sobre fallo del TC: Inés Tello y yo no podemos ejercer funciones en la JNJ
Magistrado asegura que la resolución del Tribunal Constitucional solo suspende la medida cautelar que los favorecía de la inhabilitación de 10 años aprobada en el Parlamento. Esta demanda, según él, tiene que resolverse en el Poder Judicial.
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Aseguró que solo está suspendido del cargo. Aldo Vásquez dijo que el reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC), que congela la medida cautelar que protegía a él y a Inés Tello de la remoción de sus cargos en la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y la inhabilitación de 10 años de la función pública, no le permite ejercer sus funciones constitucionales en dicha institución hasta que la Corte Suprema decida si ratifica o no la referida resolución del máximo órgano constitucional.
“La doctora Inés Tello y yo no podemos, en este momento, hacer ejercicio de nuestras funciones constitucionales. Se nos ha privado del ejercicio de nuestras funciones constitucionales. Y al hacerlo, debo decirlo con claridad, el TC ha irrumpido, ha interferido, en funciones que son propias del Poder Judicial. El artículo 139, inciso 2, de la Constitución Política del Estado dice con meridiana calidad: ‘Nada ni nadie puede abocarse a causas pendientes del Poder Judicial”, señaló Vásquez en Canal N.
La causa pendiente que habría interferido el TC, a la que se refiere Vásquez, es suspender la medida cautelar que protegía a él y a Inés Tello de la remoción de sus cargos en la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y la inhabilitación de 10 años de la función pública, recurso que se encuentra actualmente en apelación en el Poder Judicial, y que fue presentado por el Congreso.
“Se nos ha desprotegido (de la medida cautelar); y de un modo injustificado. Y desatendiendo la naturaleza de un Tribunal Constitucional, porque los TC existen para garantizar los derechos fundamentales de las personas. Y nosotros estábamos protegidos por una medida cautelar, precisamente en relación a nuestros derechos fundamentales...El TC ha preferido entrar en circunloquios sobre aspectos competenciales entre el Poder Judicial y el Congreso para amparar la suspensión”, dijo.
Con lo señalado por Vásquez, quedó claro que él ni Tello podrán ejercer funciones hasta que no se resuelva en el Poder Judicial la apelación de la medida cautelar a favor de ellos, para evitar que sean removidos de sus cargos e inhabilitados.
El 7 de marzo último, se recuerda, el Congreso aprobó la remoción de sus cargos y la inhabilitación por 10 años de la función pública de Inés Tello y Aldo Vásquez. A ambos magistrados se les acusó de haber infringido la Constitución, ya que mantuvieron a Tello de Ñecco como titular pese a exceder la edad permitida.
Dos semanas después, el 22 de marzo, la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó reponer a Inés Tello y Aldo Vásquez en sus cargos en la JNJ a través de una medida cautelar. Esta, fue apelada a los pocos días por el Congreso.
Por la mañana, el abogado de Inés Tello, Omar Cairo, señaló que su defendida “no está obligada” a acatar el fallo del Tribunal Constitucional (TC), que reactiva la destitución e inhabilitación de ella y de Aldo Vásquez de dicha institución, como lo dispuso el Congreso.
“No está obligada (a acatar el fallo que remueve a Tello y Vásquez de sus cargos de la JNJ). No sé (si lo va a acatar). Mi opinión técnica es que no está obligada (a hacerlo)”, dijo a Perú21.
“Este fallo no está dirigido —explicó Cairo— a la doctora Inés Tello. No hay ninguna orden a ella. En tanto el Poder Judicial (la Corte Suprema) no deje sin efecto la medida cautelar (que ordenó suspender la destitución de los dos magistrados aprobado en el Congreso); y la resolución tres, que dice que la apelación suspende la medida cautelar (interpuesta por el Congreso), entonces, todo siguel igual”.
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