El caso Cocteles tiene ahora menos acusados. El Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional ordenó ayer excluir del juicio oral por el delito de obstrucción a la justicia a Keiko Fujimori, a su abogada Giulliana Loza, al partido Fuerza Popular y a otros implicados más.
La decisión judicial se tomó en cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal Constitucional (TC), que la semana pasada anuló los actos fiscales del Equipo Especial Lava Jato contra el abogado Arsenio Oré, uno de los acusados por este delito.
Apenas se conoció esta decisión del TC, los abogados de los imputados incluidos en obstrucción a la justicia solicitaron que se ejecute la sentencia para sus defendidos.
Así, junto con Oré —quien fuera abogado de Fujimori entre 2017 y 2019— y Loza, también quedaron excluidos totalmente del caso Cocteles Edwar García Navarro, Luis Ernesto Lazo Mendoza, Lorena Gamero, Dánae Calderón y Aurora Torrejón, quienes tenían como única imputación obstrucción a la justicia.
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Aunque liberada de este delito, la lideresa de Fuerza Popular continuará afrontando el juicio oral por organización criminal, lavado de activos, falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica. Su abogada había solicitado que se le anule también el delito de organización criminal, pero los jueces rechazaron esta solicitud.
En caso de que Fujimori sea hallada culpable de los otros delitos, su pena se verá reducida a 24 años y 4 meses de prisión. La Fiscalía había solicitado 30 años y 10 meses, incluido obstrucción a la justicia.
El mismo camino seguirán Jaime Yoshiyama, José Chlimper, Mejía Lecca, Adriana Tarazona, Pier Figari y Ana Herzt, exentos ahora de este delito, pero que seguirán incluidos en este caso por otras imputaciones, luego de que el Poder Judicial no aceptara tampoco el pedido de sus defensas legales.
La decisión de esta sala, integrada por los jueces Juana Caballero García, Nayko Coronado Salazar y Max Vengoa Valdiglesias, constituye una nueva derrota para la Fiscalía en este caso.
EL FALLO DEL TC
Fue el fiscal José Domingo Pérez quien imputó a Oré el delito de obstrucción a la justicia al alegar que este impedía que investigara a la organización fujimorista. En 2019, el letrado apeló esa decisión al advertir que solo Pérez era testigo de esa presunta obstrucción y que, al mismo tiempo, era el encargado de su caso.
Debido a ello, el abogado apeló esa decisión ante el fiscal Rafael Vela, coordinador del equipo especial Lava Jato, quien rechazó esa pretensión y permitió que el fiscal Pérez continúe con las pesquisas.
Oré solicitó al TC que declare nula la disposición expedida por Vela Barba, decisión que se le concedió con esta última disposición.
“Quien indaga la obstrucción es el mismo que habría sido obstruido, lo que permitiría suponer suficientemente que una investigación preparatoria en estas circunstancias requeriría solo de su propio testimonio para confirmar su hipótesis fiscal y tornan innecesarios los descargos del investigado”, determinó el TC en su fallo del pasado 12 de agosto que benefició a Oré.
El fiscal José Domingo Pérez alegaba que esta sentencia del TC solo tiene efecto para Oré y no para los demás implicados en el delito de obstrucción a la justicia. Tras la decisión de la sala, Pérez adelantó que presentará un recurso de reposición.
Loza saludó la decisión del TC y explicó que los beneficiados con este fallo fueron investigados por el mismo hecho y por el mismo fiscal. “A igual razón, igual derecho. La razón es simple: el fiscal José Pérez no era objetivo, y eso afectó la investigación en su totalidad”, detalló en sus redes sociales.
Según la tesis fiscal, a través de las campañas electorales de 2011 y 2016 de Keiko Fujimori se habría lavado más de 17 millones de dólares.
En la audiencia del pasado 12 de agosto, los acusados negaron los cargos que les imputa la Fiscalía y rechazaron también la demanda de reparación civil a favor del Estado.
El juicio oral continuará el próximo lunes 26 a las nueve de la mañana con la fase de presentación de nuevas pruebas de ambas partes.
Para el abogado penalista Andy Carrión, el fiscal Pérez actuó como juez y parte. “Se supone que es el principal afectado en este hecho y, por tanto, no podía dirigir una investigación de esta naturaleza. Al menos, a nivel judicial ya existe una afirmación de la parcialidad de la actuación de Pérez”, explicó para Perú21.
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