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César Hinostroza: Este viernes 23 se verá apelación a levantamiento del secreto de sus comunicaciones
La Sala Penal Especial de la Corte Suprema programó para este viernes 23 de octubre la apelación presentado por el ex juez supremo César Hinostroza contra el fallo que dispuso levantar el secreto de sus comunicaciones.
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La Sala Penal Especial de la Corte Suprema programó para este viernes 23 de octubre la apelación presentado por el ex juez supremo César Hinostroza contra el fallo que dispuso levantar el secreto de sus comunicaciones.
Como se recuerda, el exmagistrado, quien afronta un proceso de extradición en España, es investigado por el presunto delito de tráfico de influencias agravado.
Según la resolución, la audiencia se iniciará a las 14:30 horas mediante el sistema de teletrabajo, a través del aplicativo Google Hangouts Meet.
Como se recuerda, el pasado 10 de febrero el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, a cargo del juez Hugo Núñez Julca, aprobó levantar el secreto de las comunicaciones de Hinostroza Pariachi.
La medida, que también abarca a otros involucrados, comprende el periodo que va del 1 de enero de 2017 al 31 de julio de 2018.
En su decisión, Núñez Julca dispuso que las empresas Telefónica del Perú S.A.A. (Movistar), América Móvil S.A.C. (Claro), Entel Perú S.A. (ex Nextel) y Bitel informen el detalle del tráfico de llamadas, información sobre las celdas empleadas, ubicación por celdas activas de las llamadas entrantes y salientes.
Sala Penal Especial de la Corte Suprema programa para este viernes 23, a las 14:30, apelación presentado por César Hinostroza contra fallo que dispuso levantar el secreto de sus comunicaciones, en investigación por tráfico de influencias agravado. Leer: https://t.co/6G6jpKXqeO pic.twitter.com/INQDGjDRJS
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) October 22, 2020
Del mismo modo, deberán emitir un reporte sobre las llamadas entrantes y salientes con indicación de fecha, hora y tiempo de duración de las llamadas, así también, la dirección de dónde se encontraban físicamente los celulares al momento de producirse las citadas llamadas, con ubicación de las celdas activas.
También deberá identificar el IMEI de dichos celulares, los chips que fueron insertados en dichos aparatos telefónicos, la localización en tiempo real de las líneas telefónicas e IMEI, los mensajes de texto y e-mail entrantes y salientes, debiendo permitir la identificación de los titulares de las líneas con quienes se habrían contactado en sus diversas formas.
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