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Ejecutivo presentó nuevo proyecto e insiste en que Corte Suprema levante inmunidad a congresistas
Luego de que la Comisión de Constitución archivara en mayo pasado la anterior propuesta del Ejecutivo, el premier, Salvador del Solar, insistió hoy con una nueva iniciativa.
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Mientras el primer ministro Salvador del Solar sustentaba esta mañana ante el Pleno del Congreso la cuestión de confianza planteada por el Ejecutivo, ingresó a la mesa de partes del Legislativo un nuevo proyecto del gobierno para regular la inmunidad parlamentaria.
“Este nuevo texto para reformar la Constitución Política, en lo relativo a la inmunidad parlamentaria, se presenta para un nuevo debate del Congreso, debido al archivamiento del proyecto de ley de reforma constitucional, presentado por el Ejecutivo en el marco de la reforma política”, señala la carta que el premier envió al titular del Legislativo, Daniel Salaverry.
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Precisamente, durante la exposición del presidente del Consejo Ministros, este anunció que insistirán con regular la prerrogativa que asiste a la representación nacional para que sea la Corte Suprema del Poder Judicial la que decida si levanta la inmunidad parlamentaria.
“La esencia de esta iniciativa es que el Congreso no actúe como juez y parte en casos que vinculen la integridad y probidad de sus miembros. Busca que la acción de levantar la inmunidad por la comisión de delitos comunes, esté a cargo de un órgano autónomo ajeno a cálculos políticos y que motive sus decisiones en base a criterios de imparcialidad e independencia”, señaló.
Esta nueva iniciativa de reforma constitucional propone modificar el artículo 93 de la Carta Magna, tal como lo recomendaba la propuesta que archivó la Comisión de Constitución, que lidera Rosa Bartra (Fuerza Popular), el 16 de mayo pasado.
“Los procesos penales contra congresistas que se deriven del levantamiento de la inmunidad parlamentaria o de la comisión de delito flagrante son de competencia exclusiva de la Corte Suprema de Justicia”, reza un artículo del texto modifica del apartado 93 de la Constitución.
Además, se añade que: “Corresponde al Pleno del Congreso, con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros, suspender o no al congresista mientras dure el proceso iniciado en su contra cuando se trate de delitos dolosos con pena mayor a cuatro años”.
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El presente proyecto (N°44-16-2018-PE), cabe precisar, forma parte del paquete de cinco iniciativas por los cuales el Ejecutivo utiliza para que el Congreso los apruebe en al marco de la ejecución de la herramienta de cuestión de confianza.
Viabilidad de debate
El Ejecutivo puntualiza que esta nueva fórmula legal se presenta ante el Congreso, teniendo en cuenta que la anterior iniciativa fue rechazada a nivel de comisión y no en el pleno. Es decir, el debate no estará agotado si se propone una nuevo proyecto con similares términos sobre la inmunidad.
El Ejecutivo puntualiza que esta nueva fórmula legal se presenta ante el Congreso, teniendo en cuenta que la anterior iniciativa fue rechazada a nivel de comisión y no en el pleno. Es decir, el debate no estará agotado si se propone una nuevo proyecto con similares términos sobre la inmunidad.
“De lo regulado en el Reglamento del Congreso, se deriva que la comisión respectiva carecería de la potestad para impedir que se discuta, por el plazo de un año, otro proyecto que replique la materia que fue rechazada”, expresa el documento.
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