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El Reniec restringe a Perú21 el acceso a la información
Entidad niega servicio de consultas en línea alegando que se requiere una ley expresa. Juristas advierten que medida vulnera derechos constitucionales del medio y de su audiencia.
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En su portal web, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) publicita su servicio de verificación de identidad de personas, pero todo es letra muerta. En marzo pasado, Perú21 —cumpliendo con todos los trámites exigidos por la institución que jefatura Carmen Velarde— solicitó acceder a él por razones estrictamente periodísticas.
Han pasado seis meses y la respuesta institucional —firmada por la jefa de la oficina de Asesoría Jurídica Tania Narazas Riega— ha sido negarse a suscribir el respectivo convenio con este medio de comunicación arguyendo, entre otras cosas, que “no se cuenta con ley expresa que exija para el desarrollo de sus actividades realizar una labor identificadora de caracter tecnológico a través de las consultas en línea del Reniec”.
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RESTRICCIÓN INACEPTABLE
El constitucionalista Enrique Ghersi declaró a este diario que se trata de una “restricción inaceptable en una democracia” y la vulneración de dos derechos, el de la libertad de expresión e información y el de libre acceso a la información pública.
“Resulta risible la tesis de que se necesita una ley expresa para solicitar acceso a esa información, la ley expresa es la Constitución Política y no se necesita ninguna otra ley”, subrayó. Además, tomando como referencia que otros medios de comunicación sí se benefician con este servicio, Ghersi comentó que se advierte una “discriminación muy grave” en perjuicio de Perú21 desde el momento en que la entidad “le da privilegios solo a algunos medios de comunicación, lo que está completamente reñido con las libertades públicas”. “Es una actitud ilegal y discriminatoria que tiene que terminar”, acotó.
Agregó que en este caso lo que cabe es apelar la decisión ante el Tribunal Administrativo de Acceso a la Información que depende del Ministerio de Justicia. “Es un ente profesional que estoy seguro fallará a favor del reclamo”, comentó.
TRATO DISCRIMINATORIO
Sobre el tema también respondió el abogado especializado en libertades informativas Roberto Pereira, quien advirtió que la negativa del Reniec implica un “trato discriminatorio inaceptable” que afecta la libertad de expresión e información de este medio de comunicación.
“La libertad de expresión e información no solo es un derecho individual, tiene dimensión social y colectiva en la medida que no solamente está orientada a proteger el derecho a las personas a difundir opiniones e información, sino que protege el derecho de todos nosotros a recibirla; por lo tanto, si uno empobrece la posibilidad de un medio de contrastar información debidamente verificada está afectando el derecho de todos los lectores, tanto actuales como potenciales de este medio”, subrayó.
En esa línea, consideró que el Reniec debería reconsiderar su postura, más aún si existen otros medios de comunicación que acceden a ese servicio. “No habría ninguna razón objetiva para negarle (la solicitud), más aún si ya tenía acceso anteriormente a este servicio y solo ha cambiado la propiedad del medio. El Reniec debería revisar esa decisión para evitar una afectación a la libertad de información de Perú21", sostuvo.
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El decano del Colegio de Periodistas de Lima, Luis Tipacti, afirmó que el Reniec estaría incurriendo en un acto de discriminación al no permitir el acceso de Perú21 al servicio de consultas en línea.
“La Constitución es bien clara, todos somos iguales ante la ley. Este tipo de medidas no solo le hacen daño al medio, también a la institucionalidad”, indicó.
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