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Blume sobre demanda competencial: No correspondía un pronunciamiento del Tribunal Constitucional

El magistrado Ernesto Blume explicó la decisión por mayoría del Tribunal Constitucional de declarar improcedente la demanda competencial presentada por el Ejecutivo sobre la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente.

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Fecha Actualización
El magistrado Ernesto Blume explicó la decisión, adoptada por mayoría, del Tribunal Constitucional (TC) de declarar improcedente la demanda competencial presentada por el Ejecutivo sobre la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente.
Indicó que al tratarse de un procedimiento que “concluyó con el archivamiento de la solicitud de vacancia”, lo que corresponde es “declarar la sustracción de la materia”.
“¿En qué sentido hemos declarado improcedente la demanda? Por haberse producido la sustracción de la materia, en razón que el inicio y prosecución del procedimiento de declaración la vacancia que dio origen a la demanda, que fue el primer procedimiento, concluyó con el archivamiento de la solicitud de vacancia al no haber obtenido el número de votos mínimo exigido”, explicó en entrevista con RPP Noticias.
“Creemos que tenemos que ser muy prudentes en establecer en cada oportunidad la posición del tribunal. Nosotros creemos que no es prudente en este momento en que ya ha habido una declaración de vacancia posterior a este proceso, ha habido la sucesión presidencial y tenemos a un presidente que está en el ejercicio del cargo, que el tribunal esté echando leña al fuego y esté haciendo crecer esta situación que no contribuye a la pacificación del país”, afirmó.
Blume manifestó que la incapacidad moral es una cláusula presente en la Constitución Política, que “ha sido usada en muy pocas oportunidades y es competencia del Congreso” utilizarla “de acuerdo a la coyuntura”.
Asimismo, cuestionó la actitud de la presidenta del TC, Marianella Ledesma, quien votó a favor de la procedencia de la demanda competencial.
“Es una posición muy respetable con la cual nosotros disentimos y así como es respetable el punto de vista de ella, es respetable el punto de vista de los magistrados que hemos hecho resolución en mayoría. La magistrada presidenta está obligada a defender y representar porque ella representa al tribunal”, dijo.
En otro momento, Ernesto Blume defendió que las deliberaciones del tribunal no sean públicas, ya que indicó que “de acuerdo a la ley orgánica del TC y al reglamento normativo, nuestra función se desarrolla dentro de la reserva”.
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