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George Forsyth: JEE no le abrirá proceso sancionador a su padre por presuntamente violar neutralidad electoral

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 declaró no haber mérito para abrir un proceso sancionador por presunta infracción al principio de neutralidad contra el embajador de Perú en Japón, Harold Forsyth, padre del candidato presidencial de Victoria Nacional, George Forsyth.

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Fecha Actualización
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 declaró no haber mérito para abrir un proceso sancionador por presunta infracción al principio de neutralidad contra el embajador de Perú en Japón, Harold Forsyth, padre del candidato presidencial de Victoria Nacional, George Forsyth.
Según la Resolución Nro. 00606-2021-JEE-LIC1/JNE, el diplomático no cometió falta alguna cuando envió un mensaje corrigiendo una “información errónea” a Rosa María Palacios, pues éste no estaba propiamente a la audiencia en general.
“Asimismo, la referida periodista y conductora del programa ‘A pensar Más’, Rosa María Palacios, reconoció que hubo un error de su parte, al informar los resultados de la proyección de votos correspondientes a la organización política Victoria Nacional, siendo lo correcto 4% y no 2% como se desprende del enlace del video de la red social Youtube visualizado”, señala el documento.
En ese sentido, según dicho órgano electoral “no se aprecia una intención del emisor” de favorecer o perjudicar a una determinada organización política o candidato, sino la intención de aclarar la información difundida en dicho programa radial.
“Por consiguiente, no concurren los presupuestos para considerar que existe una presunta infracción o vulneración del principio a la neutralidad, puesto que, en ningún momento se desprende la intención de utilizar su función de embajador, para los fines de propaganda electoral o respaldo político, hacia el candidato que lidera la fórmula presidencial, George Patrick Forsyth Sommer, por la organización política Victoria Nacional”, acotó.
Por ello, dicho colegiado consideró que no hay mérito para iniciar procedimiento sancionador contra Harold Forsyth por presunta infracción al principio de neutralidad y dispuso archivar el expediente.
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Finalmente, dispuso publicar la resolución en el panel de dicho JEE y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), para su correspondiente difusión.
Como se recuerda, el pasado 19 de enero en el programa de la abogada Rosa María Palacios el padre de George Forsyth realizó una rectificación sobre un comentario que hizo el día anterior, con respecto al porcentaje de intención de voto de Victoria Nacional, al cual le atribuyó un 2% y no 4%.
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