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JNE verá si disueltos deben pedir licencia

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Fecha Actualización
La continuidad en las elecciones de 2020 de los miembros de la Comisión Permanente, cuya postulación fue observada por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro por no solicitar licencia, será elevada al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), según explicaron los candidatos afectados.
En esta situación, por ejemplo, se encuentran Gino Costa y Alberto de Belaunde, quienes van con el Partido Morado. Este JEE declaró “improcedente” su postulación por no consignar la licencia respectiva y por, además, ser designados fuera del plazo de democracia interna.
Costa explicó a Perú21 que llevarán sus casos al JNE. “El partido va a cuestionar que las observaciones se contraponen a la jurisprudencia del propio JNE, respecto a que los congresistas no son considerados funcionarios”, dijo. Bajo esta premisa, indicó que están “excluidos” de solicitar una licencia temporal.
De la misma forma, De Belaunde señaló a este diario que “hay un problema de interpretación del JEE”. A diferencia de su colega, quien es titular de la Permanente, recordó que él es accesitario y por ello no recibe sueldo. “No hay posibilidad de usar recursos públicos”, dijo.
En el caso de Juan Sheput y Salvador Heresi, candidatos de Contigo que integran la Permanente, su postulación fue declarada “inadmisible” y tienen plazo hasta hoy para presentar la licencia solicitada ante el JEE Lima Centro.
No obstante, el vocero de la agrupación, Jorge Villacorta, declaró a este medio que acudirá directamente al JNE para “defender el Estado de derecho para que nuestros cuadros postulen sin objeciones”.
El personero de Fuerza Popular, Roy Ventura, indicó a Perú21 que los postulantes de su partido que integran la Permanente, como Mario Mantilla, Mártires Lizana y Carlos Domínguez, “no tienen que presentar su licencia, estamos con las reglas de 2016”.
Antecedentes
El constitucionalista Javier Alonso de Belaunde, quien es hermano del candidato Alberto de Belaunde, precisó que los congresistas “no se encuentran comprendidos en el artículo 114 de la Ley Orgánica de Elecciones”, que exige a los funcionarios del Estado presentar su licencia sin goce de haber 60 días antes de las elecciones si van a postular.
“El criterio adoptado es inconstitucional y el JEE de Lima Centro se encuentra obligado a rectificarlo”, subrayó.
Para el presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral, José Villalobos, el JNE “no consideró a los congresistas dentro de la categoría de funcionarios” en los últimos comicios y por ello cree que no se les podría exigir que soliciten licencia. “El JNE inaplicará este requisito cuando vea los casos”, anotó.
Datos:
- El JEE declara una candidatura improcedente cuando considera que se ha incumplido un requisito de ley insubsanable, e inadmisible cuando consideran que sí es subsanable.
- En Solidaridad Nacional se evalúa cuestionar el fondo de las observaciones para subsanar la “inadmisibilidad” de las candidaturas de Rosa Bartra y Nelly Cuadros.