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Iván Lanegra: “Manuel Merino debe renunciar a la pensión”

El Secretario general de Transparencia se refirió a la intención del excongresista de acceder a la pensión vitalicia por su fugaz mandato presidencial.

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Fecha Actualización
POR KARERINA BAYONA
Cinco días duró el accidentado mandato de Manuel Merino en la Presidencia de la República. Iván Lanegra, secretario general de la Asociación Civil Transparencia, conversó con Perú21TV sobre el pedido formulado por el excongresista para que se le otorgue pensión vitalicia. En su opinión, si bien la solicitud es legal, Merino debería renunciar a este beneficio por un tema de carácter ético.
¿La ley aplica para presidentes accidentales como Manuel Merino?
Esta ley no tiene ninguna condición más que sea expresidente constitucional. La única base jurídica que podría excluir a un expresidente ‘interino’ es que su presidencia haya sido ‘de facto’, es decir que haya ejercido fuera de los lineamientos de la constitución. No es el caso de Merino. Un presidente transitorio también asume el mandato en base a la Constitución. A pesar de que tiene una apariencia desproporcionada porque fue un mandato frívolo, representó al país por solo unos días.
Manuel Merino ante el Congreso solicita pensión vitalicia así como beneficios logísticos y personal. ¿Le corresponden?
De acuerdo con la ley la pensión que reciben los expresidentes es equivalente al total de los ingresos de un congresista. Es un sueldo ordinario, pero también un conjunto de beneficios. Aquí, dentro de su marco de acción, el Congreso de la República podría evaluar y regular que se le otorgue la remuneración ordinaria de un congresista y no otros elementos (beneficios) que no sean remuneración.
Si bien es legal, ¿el Congreso no podría evaluar el pedido bajo consideraciones éticas?
Se suspende esta pensión vitalicia para expresidentes solo si el expresidente tiene una acusación constitucional. Esa es la única referencia que expresa la Ley N° 26509. Desde el punto de vista ético es él (Manuel Merino) quien debería tomar la decisión de renunciar a su pensión por las condiciones excepcionales y el tiempo tan corto en el cual estuvo en el mandato.
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