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Ministerio Público: Casos de lavado siguen bajo las mismas reglas

Fiscal Frank Almanza señaló que investigaciones se manejarán “como siempre” lo ha hecho la Fiscalía.

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Las conclusiones a las que llegó el pleno casatorio sobre la polémica casación 92-2017-Arequipa –consignadas en la resolución publicada ayer en el Diario El Peruano– dejaron conforme al Ministerio Público, que había reclamado que dicha sentencia ponía en riesgo los casos de lavado de activos.
El argumento de la Fiscalía se sostenía en que la casación obligaba a acreditar el delito fuente del lavado, lo que conllevaría a archivar las investigaciones si ello no podía ser demostrado.
Sin embargo, el pleno casatorio concluyó que la sentencia ya no será vinculante y que para abrir y continuar un caso por lavado de activos en su fase preliminar se debe tener una sospecha simple sobre el delito.
En diálogo con Perú21, el fiscal superior Frank Almanza destacó este nuevo estándar y señaló que, con ese pronunciamiento, el Poder Judicial “le dio la razón a la Fiscalía”.
“La casación de Arequipa nos ponía un estándar probatorio inalcanzable, imposible de lograr, pero con esta resolución se fija uno que la Fiscalía siempre ha manejado”, argumentó.
Almanza manifestó que los fiscales “siempre trabajan” con el criterio de sospecha simple “porque debe haber un mínimo de prueba” para justificar las indagaciones.
“Para investigar a una persona por lavado de activos, debo manejar un nivel de indicio, siempre ha sido así (...) las cosas ya se dejaron en claro”, sustentó.
Agregó que todos los casos en los que se aplicó la casación Arequipa y se encuentren en apelación tendrán que ser observados por el Poder Judicial bajo estas nuevas pautas.
Tenga en cuenta
- El archivo del caso de Joaquín Ramírez, ex secretario general de FP, se basó, entre otras razones, en la casación 92-2017-Arequipa.

- Sin embargo, debido a que la Procuraduría apeló la decisión, la carpeta puede ser reabierta bajo las nuevas disposiciones.