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Reposición de Inés Tello y Aldo Vásquez debilita a la Junta Nacional de Justicia, afirman juristas

Aníbal Quiroga y Alejandro Rospigliosi evalúan los efectos de controvertida decisión judicial que desconoce sanción impuesta por el Congreso. Expresidente del TC Ernesto Blume precisó que solo determinados actos del Legislativo son judicializables.

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Fecha Actualización
Cuando faltaban poco más de 72 horas para que jure al cargo Abraham Siles como nuevo integrante de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), dos de los tres integrantes de la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia declararon fundada la medida cautelar interpuesta por los inhabilitados Inés Tello y Aldo Vásquez, suspendieron con carácter provisional los efectos de las resoluciones del Congreso que los inhabilitaron por 10 años para ejercer función pública y dispusieron su reposición inmediata como miembros de la JNJ.
La controvertida decisión no solo ha dejado en una situación incómoda al abogado Siles, quien debía jurar al cargo mañana lunes a las 6 de la tarde, sino que ha generado una nueva confrontación entre poderes —el Parlamento se alista ya a impugnar el fallo judicial— y ha puesto en evidencia, en opinión de expertos, una nociva judicialización de la política. Si algo tienen claro los juristas consultados, es que la resolución judicial debe ser acatada. La pregunta es ¿cuál será el costo?
JNJ DEBILITADA
El abogado constitucionalista Aníbal Quiroga advirtió que, independientemente de que el fallo debe cumplirse, no deja de generar una “situación anormal”. “La Corte Superior desconoce el fallo vinculante del Tribunal Constitucional que en una contienda de competencia precisamente entre el Poder Judicial y el Congreso, estableció que las facultades de este último no pueden ser materia de conocimiento de un juez ordinario. Claramente, más allá de que tenga que cumplirse el fallo, viola esa cosa juzgada del TC. ¿La Corte Superior tiene más fuerza que el TC? Es antijurídico. Además, no ha medido las consecuencias políticas de su decisión porque hace que la Junta no pueda cumplir su mandato constitucional de nombrar, ratificar o destituir jueces y fiscales”, acotó.
En este escenario, el jurista explicó que el Parlamento podría ir a un proceso competencial ante el TC para solicitarle que haga valer la cosa juzgada y se anule la medida cautelar; podría también apelar la medida cautelar para que la Corte Suprema pueda modificarla o presentar una queja ante la Autoridad de Control del Poder Judicial en la medida en que los jueces han desacatado la resolución del Tribunal Constitucional. Como sea, agregó, “el daño ya está hecho” y la Junta Nacional de Justicia “queda debilitada”.
CHOQUE DE PODERES
Al igual que Quiroga, el abogado constitucionalista Alejandro Rospigliosi recalcó que “nos guste o no, se ha tomado una decisión y se tiene que acatar”. Sin embargo, hizo hincapié en el carácter provisional de la medida que todavía tendrá que ser revisada por la Corte Suprema de Justicia, que podría revocar sus efectos. En esa situación, dijo, apenas dentro de unos meses Inés Tello y Aldo Vásquez serían nuevamente retirados de la institución “por dos jueces superiores que en solitario han dado la medida y no han considerado el impacto de su resolución” con la que se cae “en un juego de inestabilidad institucional”.
“¿Qué va a pasar si estos dos señores (Tello y Vásquez) vuelven a la Junta por la medida cautelar, toman decisiones para nombrar, ratificar o sancionar a jueces fiscales? ¿Qué va a pasar si después de dos meses el Tribunal Constitucional deja sin efecto su reincorporación? ¿Cómo quedan sus decisiones? ¿Nulas? ¡Qué inestabilidad están generando! Por favor, primero es el país y no el afán de protagonismo de dos jueces superiores”, prosiguió para luego advertir que la situación generada por el Poder Judicial en el caso de la JNJ pone en evidencia la “judicialización de la política” por parte de “jueces activistas” que toman decisiones sin medir las consecuencias.
“Es un choque de trenes, un choque de poderes, de ideologías, los caviares versus los anticaviares, y en el medio estamos los ciudadanos que vemos con estupor el choque de trenes. ¿Cuántos de esos ciudadanos vienen esperando años la solución de sus casos en la Sala Constitucional y no les dan respuesta? Sin embargo, basta que dos exmiembros de la Junta, que tienen abogados de la corriente caviar, presenten una demanda y en días son repuestos en el cargo; es un escándalo. La Autoridad de Control del Poder Judicial debe verificar cuántos casos anteriores no tienen atención”, subrayó.
El expresidente del Tribunal Constitucional Ernesto Blume, por su parte, recordó que ya el TC dio una sentencia que establece con claridad que “solo determinados actos del Legislativo son judicializables: el antejuicio por su carácter político jurisdiccional y el juicio político, aunque únicamente el control puede ser por la forma, ya que la decisión sustantiva es política”. La precisión parece dejar poco margen para la interpretación.
Sabía que
En la sustentación de su voto en contra, el juez Luciano Cueva Chauca precisa que “si bien la temporalidad del cargo es por cinco años, ello no quiere decir que el electo —en este caso Inés Tello— se mantenga en el cargo por encima del límite previsto en la Carta Magna”.
Precisa también que “la inhabilitación política es una sanción política discrecional —sujeta a criterios de razonabilidad constitucional— que impone el Congreso de la República”.
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